LA DERIVACIÓN DEL CASO DE ABIGEATO DE VILLA MINETTI
Para la Justicia, Jorge Junco se suicidó y el juez archivó la causa
El fallo está fechado el 12 del corriente, aunque se conoció recién ahora, con la consiguiente reacción de un caso de oscuras aristas. Historia, particularidades, excusación y una muerte dudosa.
20.03.2007 | 17:28 hs.
· Fuente: El Litoral
Este caso de abigeato en gran escala comenzó el 28 de diciembre de 2006, cuando el propietario del establecimiento Don Enrique, en Villa Minetti, denunció el faltante de animales de su rodeo. La misma se realizó en la Guardia de Seguridad Rural Los Pumas Nº 12 de dicha localidad ubicada frente al campo damnificado, sobre el acceso a dicha población y a 10 kms. de la Ruta Nacional Nº 95.
Se determinó el hurto de 432 animales y el procesamiento de tres personas involucradas en el caso. Pero la derivación más grave ocurrió el 4 de enero de 2007, cuando un peón del establecimiento apareció ahorcado, con su propio lazo de tiento, en un árbol ubicado en una isleta del predio. Esto ocurrió luego de haber declarado ante el Juez el día anterior y complicar a los involucrados en el abigeato.
Esta sugestiva muerte de Jorge Junco, de 32 años, llevó a su hermano Pedro -quien observó en la primera autopsia realizada en Santa Fe distintos golpes en varias partes del cuerpo del occiso- a afirmar: "A mi hermano lo mataron".
Esto originó una multitudinaria marcha realizada en Villa Minetti el día 11 de febrero ppdo., previa reunión de productores con las autoridades máximas de la Policía Provincial, el ex jefe Jorge Pallavidini, y la plana mayor de Los Pumas, donde se expresó el descontento por la impunidad de este ilícito, agravado por la muerte citada.
Muchos de los productores se preguntan sobre el destino de los grupos de trabajo ideados por Pallavidini y qué se hizo del puesto móvil ubicado en la intersección de la Ruta Interprovincial 35 y el acceso a Villa Minetti.
LA CUESTIÓN JUDICIAL
Entre las particularidades de este caso se puede informar que, por la fecha en que ocurrió, el Juzgado de Instrucción Nº 15 de Tostado se encontraba en el período de Feria Judicial y que por eso inició las actuaciones el juez Hugo Tallarico de la ciudad de San Cristóbal, quien ordenó la primera autopsia, que se efectuó en la ciudad de Santa Fe. Los primeros días de febrero ppdo., el trámite pasó a la jurisdicción tostadense a cargo del juez subrogante, dr. Rubén Cottet.
Existen dos expedientes: uno correspondiente al abigeato en sí y otro denominado "Junco, Jorge Daniel su muerte", que responde al Nº 03/2007. Cottet, como primer trámite ordenó una segunda autopsia, que se realizó en el Instituto Médico Legal de Rosario, Provincia de Santa Fe.
Con motivo de que Pedro Junco recurrió al asesoramiento profesional del dr. Héctor Baumann, en el expediente que trata de la muerte de su hermano, el juez Cottet pidió apartarse de la causa por "enemistad manifiesta" con el patrocinante de la defensa por un hecho anterior que habría sucedido en Gato Colorado (límite con Chaco). Así surgió el nombramiento del conjuez dr. Miguel Frausin, a mediados del mes de febrero de 2007, hecho que fue objetado por la familia Junco por las defensas que éste realizó -aducen- a varios "cuatreros" en meses anteriores. La defensa más notoria, en el año 2000/2001, fue la de "Quico" Bárcena, quien recuperó la libertad por el beneficio de la prescripción.
CONCLUSIÓN DE LA JUNTA MÉDICA FORENSE
Esta junta, correspondiente al Instituto Médico Legal de Rosario, compuesta por los doctores Sergio Vázquez, Raúl Félix Rodríguez y Luis Carlos Alonso, respondió a lo solicitado por el Juez Cottet. De este informe se puede destacar: "a) Manchas cianóticas: aparecen en el rostro y, más raramente en el cuello en casos de muerte por insuficiencia cardiorrespiratoria aguda y también la asfixia. Por su localización, se prestan a confundirse con las violencias mecánicas de la sofocación y la estrangulación. B) Livideces cadavéricas: aparecen por la coloración que toma la piel debido a que la sangre ocupa las superficies declives. C) Manchas de putrefacción: Las modificaciones de color debidas a los procesos de putrefacción incipiente, toman a veces el aspecto de equimosis, pudiendo confundir al observador" (...).
"Se descarta la existencia de lesiones traumáticas en la cabeza del occiso que pudieran haber producido o provocado alguna alteración neurológica, incluyendo la pérdida de la conciencia (desvanecimiento) momentos previos al colgamiento.
"En relación al análisis y valoración del surco de ahorcamiento, se han observado lesiones en el cuello con características macro y microscópicas, típicas y propias de dicha impronta lesional. Además su ubicación y direccionalidad son compatibles con las del ahorcamiento suicida.
"No existen elementos indiciarios en el lugar del hecho ni en el examen de la víctima que abonen la hipótesis de que haya habido intervención de terceras personas.
"Esta junta médica forense, considerando las reservas realizadas por la médica forense actuante, dra. Amalia Calvo, en la necesidad de diferenciar por histopatología aquellas evidencias sobre las cuales existían dudas (...), de las lesiones excoriativas constatadas, unas no tienen entidad para producir la pérdida de la conciencia o poner en evidencia lucha previa al ahorcamiento. Otras presentan características costrosas propias de las lesiones, cuyo tiempo evolutivo se presume en aproximadamente 24 horas antes del fallecimiento". Conclusión: "Jorge Daniel Junco ha fallecido como consecuencia de asfixia mecánica, modalidad ahorcadura, compatible con etiología suicida... no advirtiéndose indicios que sugieran la posibilidad de participación de terceras personas en la mecánica de la muerte".
RESOLUCIÓN DEL CONJUEZDR. MIGUEL FRAUSIN
Conforme al informe realizado por la junta médica forense, el 12 de marzo del cte. año, el dr. Miguel Frausin resuelve: "1) Disponer el archivo de lo actuado, de conformidad a lo dispuesto en el art. 200 del Código Procesal Penal, con noticia de lo actuado al Ministerio Fiscal; 2) Disponer por Secretaría se extraigan copias de las partes pertinentes a fines de la investigación de un posible hecho ilícito desplegado por personal policial de la Delegación de la Guardia Rural Sección XII Los Pumas de Villa Minetti".
"MÁS OSCURO"
Para Pedro Junco, hermano del peón ahorcado "la Justicia del departamento 9 de Julio defiende a los cuatreros. Me llama la atención la actuación del juez y del fiscal de la causa por la muerte de mi hermano. Ahora todo está más oscuro que al comienzo. Por eso el próximo sábado 24 haremos una nueva marcha en Villa Minetti, contra la impunidad y las conexiones que amparan a los delincuentes".
Se determinó el hurto de 432 animales y el procesamiento de tres personas involucradas en el caso. Pero la derivación más grave ocurrió el 4 de enero de 2007, cuando un peón del establecimiento apareció ahorcado, con su propio lazo de tiento, en un árbol ubicado en una isleta del predio. Esto ocurrió luego de haber declarado ante el Juez el día anterior y complicar a los involucrados en el abigeato.
Esta sugestiva muerte de Jorge Junco, de 32 años, llevó a su hermano Pedro -quien observó en la primera autopsia realizada en Santa Fe distintos golpes en varias partes del cuerpo del occiso- a afirmar: "A mi hermano lo mataron".
Esto originó una multitudinaria marcha realizada en Villa Minetti el día 11 de febrero ppdo., previa reunión de productores con las autoridades máximas de la Policía Provincial, el ex jefe Jorge Pallavidini, y la plana mayor de Los Pumas, donde se expresó el descontento por la impunidad de este ilícito, agravado por la muerte citada.
Muchos de los productores se preguntan sobre el destino de los grupos de trabajo ideados por Pallavidini y qué se hizo del puesto móvil ubicado en la intersección de la Ruta Interprovincial 35 y el acceso a Villa Minetti.
LA CUESTIÓN JUDICIAL
Entre las particularidades de este caso se puede informar que, por la fecha en que ocurrió, el Juzgado de Instrucción Nº 15 de Tostado se encontraba en el período de Feria Judicial y que por eso inició las actuaciones el juez Hugo Tallarico de la ciudad de San Cristóbal, quien ordenó la primera autopsia, que se efectuó en la ciudad de Santa Fe. Los primeros días de febrero ppdo., el trámite pasó a la jurisdicción tostadense a cargo del juez subrogante, dr. Rubén Cottet.
Existen dos expedientes: uno correspondiente al abigeato en sí y otro denominado "Junco, Jorge Daniel su muerte", que responde al Nº 03/2007. Cottet, como primer trámite ordenó una segunda autopsia, que se realizó en el Instituto Médico Legal de Rosario, Provincia de Santa Fe.
Con motivo de que Pedro Junco recurrió al asesoramiento profesional del dr. Héctor Baumann, en el expediente que trata de la muerte de su hermano, el juez Cottet pidió apartarse de la causa por "enemistad manifiesta" con el patrocinante de la defensa por un hecho anterior que habría sucedido en Gato Colorado (límite con Chaco). Así surgió el nombramiento del conjuez dr. Miguel Frausin, a mediados del mes de febrero de 2007, hecho que fue objetado por la familia Junco por las defensas que éste realizó -aducen- a varios "cuatreros" en meses anteriores. La defensa más notoria, en el año 2000/2001, fue la de "Quico" Bárcena, quien recuperó la libertad por el beneficio de la prescripción.
CONCLUSIÓN DE LA JUNTA MÉDICA FORENSE
Esta junta, correspondiente al Instituto Médico Legal de Rosario, compuesta por los doctores Sergio Vázquez, Raúl Félix Rodríguez y Luis Carlos Alonso, respondió a lo solicitado por el Juez Cottet. De este informe se puede destacar: "a) Manchas cianóticas: aparecen en el rostro y, más raramente en el cuello en casos de muerte por insuficiencia cardiorrespiratoria aguda y también la asfixia. Por su localización, se prestan a confundirse con las violencias mecánicas de la sofocación y la estrangulación. B) Livideces cadavéricas: aparecen por la coloración que toma la piel debido a que la sangre ocupa las superficies declives. C) Manchas de putrefacción: Las modificaciones de color debidas a los procesos de putrefacción incipiente, toman a veces el aspecto de equimosis, pudiendo confundir al observador" (...).
"Se descarta la existencia de lesiones traumáticas en la cabeza del occiso que pudieran haber producido o provocado alguna alteración neurológica, incluyendo la pérdida de la conciencia (desvanecimiento) momentos previos al colgamiento.
"En relación al análisis y valoración del surco de ahorcamiento, se han observado lesiones en el cuello con características macro y microscópicas, típicas y propias de dicha impronta lesional. Además su ubicación y direccionalidad son compatibles con las del ahorcamiento suicida.
"No existen elementos indiciarios en el lugar del hecho ni en el examen de la víctima que abonen la hipótesis de que haya habido intervención de terceras personas.
"Esta junta médica forense, considerando las reservas realizadas por la médica forense actuante, dra. Amalia Calvo, en la necesidad de diferenciar por histopatología aquellas evidencias sobre las cuales existían dudas (...), de las lesiones excoriativas constatadas, unas no tienen entidad para producir la pérdida de la conciencia o poner en evidencia lucha previa al ahorcamiento. Otras presentan características costrosas propias de las lesiones, cuyo tiempo evolutivo se presume en aproximadamente 24 horas antes del fallecimiento". Conclusión: "Jorge Daniel Junco ha fallecido como consecuencia de asfixia mecánica, modalidad ahorcadura, compatible con etiología suicida... no advirtiéndose indicios que sugieran la posibilidad de participación de terceras personas en la mecánica de la muerte".
RESOLUCIÓN DEL CONJUEZDR. MIGUEL FRAUSIN
Conforme al informe realizado por la junta médica forense, el 12 de marzo del cte. año, el dr. Miguel Frausin resuelve: "1) Disponer el archivo de lo actuado, de conformidad a lo dispuesto en el art. 200 del Código Procesal Penal, con noticia de lo actuado al Ministerio Fiscal; 2) Disponer por Secretaría se extraigan copias de las partes pertinentes a fines de la investigación de un posible hecho ilícito desplegado por personal policial de la Delegación de la Guardia Rural Sección XII Los Pumas de Villa Minetti".
"MÁS OSCURO"
Para Pedro Junco, hermano del peón ahorcado "la Justicia del departamento 9 de Julio defiende a los cuatreros. Me llama la atención la actuación del juez y del fiscal de la causa por la muerte de mi hermano. Ahora todo está más oscuro que al comienzo. Por eso el próximo sábado 24 haremos una nueva marcha en Villa Minetti, contra la impunidad y las conexiones que amparan a los delincuentes".
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