MEDIA SANCIÓN PARA UN PROYECTO DE LEY DE MARCUCCI
Beneficios para mujeres con embarazo avanzado y personas con limitaciones físicas
Según el legislador “se trata de un dispositivo legal simple, claro y conciso”, de una ley que considera “de humanidad y solidaridad”.-
28.11.2008 | 15:05 hs.
· Fuente: Notife/Oficina de Prensa Dip. Marcucci
En la última sesión del período ordinario, la Cámara de Diputados dio media sanción a un Proyecto de Ley presentado por el Diputado Hugo Marcucci, por el cual se establece que las dependencias de los tres poderes del Estado y las entidades privadas que presten servicios públicos deberán otorgar prioridad y preferente atención a mujeres con embarazo avanzado, personas con limitaciones físicas y de la tercera edad que realicen trámites en forma persona.
Resulta intolerable presenciar aglomeraciones y largas colas de ciudadanos a la espera de ser atendidos, en las cuales es común observar mujeres en avanzado estado de gravidez o personas con dificultades físicas y abuelos que no pueden soportar largas esperas o permanencia, en oficinas de atención al público. De allí que es imprescindible priorizar los valores de la solidaridad, la tolerancia y la integración, que forman parte de la educación cívica que se imparte a la comunidad a través de la aplicación y el respeto a los derechos y deberes de cada individuo.
Ante el incumplimiento de las obligaciones establecidas, en algún
estamento del Estado Provincial, el afectado podrá realizar la denuncia correspondiente ante la dependencia jerárquicamente superior de la que se suscitó la infracción, y ante la autoridad de aplicación cuando la misma se produzca en el ámbito privado.
Por último, Marcucci afirmó que la ley provincial Nº 9.325 (Régimen de
Protección Integral a la Discapacidad) no contempla estas circunstancias
específicas, lo cual motivó la presentación de su propuesta.
Resulta intolerable presenciar aglomeraciones y largas colas de ciudadanos a la espera de ser atendidos, en las cuales es común observar mujeres en avanzado estado de gravidez o personas con dificultades físicas y abuelos que no pueden soportar largas esperas o permanencia, en oficinas de atención al público. De allí que es imprescindible priorizar los valores de la solidaridad, la tolerancia y la integración, que forman parte de la educación cívica que se imparte a la comunidad a través de la aplicación y el respeto a los derechos y deberes de cada individuo.
Ante el incumplimiento de las obligaciones establecidas, en algún
estamento del Estado Provincial, el afectado podrá realizar la denuncia correspondiente ante la dependencia jerárquicamente superior de la que se suscitó la infracción, y ante la autoridad de aplicación cuando la misma se produzca en el ámbito privado.
Por último, Marcucci afirmó que la ley provincial Nº 9.325 (Régimen de
Protección Integral a la Discapacidad) no contempla estas circunstancias
específicas, lo cual motivó la presentación de su propuesta.
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