SON DE CARÁCTER "EXCEPCIONALÍSIMO"
La Corte prepara dos fallos para limitar el uso de DNU
Los decretos de necesidad y urgencia no son una herramienta de la que pueda hacer uso el Poder Ejecutivo cuando lo cree políticamente conveniente, son de carácter excepcionalísimo y están sujetos al control de la Justicia.
14.03.2010 | 09:24 hs. · Fuente: La Nación
Según altas fuentes de la Corte Suprema, éste es el núcleo central de dos fallos que prepara el tribunal que preside Ricardo Lorenzetti y que -afirman- se conocerán en no más de un mes.

Quienes conocen los primeros borradores, que tienen el respaldo de cuatro de los siete jueces, afirman que esas sentencias establecerán una interpretación restrictiva de la atribución presidencial, de acuerdo con lo que surge del artículo 99, inciso 3, de la Constitución nacional, también de un fallo de la Corte dictado en 1998.

A pesar de los ataques que la presidenta Cristina Kirchner dirigió a la Justicia y, en particular, a la Corte Suprema, las decisiones no serán sorpresivas ni traducen espíritu de revancha, aseguran en el tribunal. Aclaran que la Corte estudia el tema desde el año pasado.
Tamaño: Tamaño 1 Tamaño 2 Tamaño 3 Tamaño 4 Imprimir Recomendar

Galería de Fotos

Los decretos de necesidad y urgencia son de carácter excepcionalísimo y están sujetos al control de la Justicia.
Los decretos de necesidad y urgencia son de carácter excepcionalísimo y están sujetos al control de la Justicia.