Acuerdo de colaboración para los servicios de hospitales públicos de gestión descentralizada
El titular del Poder Ejecutivo, ingeniero Jorge Alberto Obeid, acompañado en la firma por la ministra de Salud, doctora Silvia Rosa Simoncini, dictó el 5 de setiembre en curso, el decreto número 2.177, promulgando la ley registrada bajo el N° 12.589, sancionada el 10 de agosto pasado por la Honorable Legislatura de la provincia.EL COMPROMISOEl instrumento legal ratifica el acuerdo marco de colaboración celebrado entre la Superintendencia de Servicios de Salud (organismo descentralizado en jurisdicción de la cartera sanitaria y de ambiente de la Nación) y el respectivo ministerio del segundo Estado de la provincia de Santa Fe.LOS ACUERDOSPor intermedio de la citada norma legal, las partes convienen promover las acciones tendientes a concretar la suscripción de acuerdos de colaboración entre la referida Superintendencia del gobierno central y los Hospitales Públicos de Gestión Descentralizada de la provincia.OBJETIVOSLos objetivos del compromiso asumido entre los aludidos organismos nacional y provincial, se detallan seguidamente:a) Conformar un circuito de provisión y suministro de información sanitaria y epidemiológica tendiente a generar el Conjunto Mínimo Básico de Daros de la Seguridad Social de la República Argentina, que posibilite establecer estadísticas epidemiológicas homogéneas para instrumentación de políticas públicas sanitarias con base científica.b) Optimizar la Gestión de Facturación y Cobranzas de los Hospitales Públicos de Gestión Descentralizada de la provincia de Santa Fe, en lo atinente al recupero de los gastos en la atención médica brindada a beneficios de los Agentes del Seguro de Salud.c) Favorecer el trabajo en conjunto entre la Superintendencia y el ministerio de Salud, en lo relativo a la optimización de los Recursos de salud, sobre la base del relevamiento estadístico de la información proporcionada, mediante la evaluación permanente de la gestión sanitaria.
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