ADELCO PRESENTÓ UNA IMPUGNACIÓN ANTE EL AUMENTO DE ENERGÍA DECRETADO POR LA EPE
De acuerdo a noticias periodísticas, la E.P.E. realizará un aumento de tarifas sin estar debidamente establecido, a partir de que fecha regirán, ni los valores precisos de los mismos.
En algunos medios se ha publicado que dicho aumento tendrá vigencia a partir del 1º de septiembre y en otros desde el 1º de octubre, sin tampoco individualizar correctamente el monto o porcentaje de incremento según las distintas bandas de consumo, ni el impacto en los bolsillos de los sufridos usuarios.
Esta situación, violenta derechos fundamentales consagrados en el Art. 42 de la Constitución Nacional, como lo son el derecho a la información adecuada y veras, y el derecho a la protección de nuestros intereses económicos.
También vulnera el Art. 25 de la Ley Nº 24240, que dispone que “Las empresas prestadoras de servicios públicos a domicilio deben entregar al usuario constancia escrita de las condiciones de la prestación de los derechos y obligaciones de ambas partes contratantes. Sin perjuicios de ello, deben mantener tal información a disposición de los usuarios en todas las oficinas de atención al público”
En consecuencia, ADELCO Santa Fe, presentó ayer una impugnación a dichos aumentos puesto que los mismos afectan en forma grave, lesionan, restringen, alteran y amenazan con arbitrariedad e ilegalidad manifiesta los derechos y garantías que nos corresponden y poseemos todos los usuarios de este servicio, especialmente los Derechos y Garantías contemplados para la protección y defensa de los Consumidores y Usuarios (Art. 42 C.N).
Esto además nos perjudica en nuestros intereses económicos, en virtud que al desconocer el impacto real del costo del aumento, no podemos efectuar previsiones, y tomar medidas que nos ayuden a morigerara el impacto de los mismo.
En consecuencia entendemos que este aumento no puede ser puesto en práctica, sin afectar derechos adquiridos, hasta tanto no sean notificados los nuevos cuadros tarifarios de manera fehaciente a cada unos de nosotros, de una manera sencilla y con ejemplos que nos permitan comprender los verdaderos alcances de los mismos, y además brindar alternativas que nos permitan disminuir el efecto de ellos.
Por otra parte , de ser cierta la información de que este aumento es a partir del 1º de Septiembre, la vulneración de los derechos es manifiesta, ostensible, notoria. La tarifa pactada al momento de realizar el consumo, no puede ser modificada, conculcando de manera retroactiva un derecho adquirido por los usuarios.
Es por ello que requeriremos al Defensor del Pueblo de la Provincia de Santa Fe, su intervención conforme a la normativa vigente, con el fin de que sea suspendida la aplicación del nuevo cuadro tarifario a los usuarios residenciales, hasta tanto se brinde la necesaria y debida información, que nos corresponde como sujetos de derecho.
Lamentablemente, una vez mas debemos contemplar como una empresa del Estado, desconoce derechos fundamentales de los usuarios, cuando es el Estado mismo, quien debería velar por el fiel cumplimiento de ellos, en salvaguarda de mandato constitucional y de la leyes vigentes que así lo disponen.
Por lo tanto, esperamos que esta situación (para muestra sobra un botón) sirva para que nuestros Legisladores, que están tratando la Ley de Transformación de la E.P.E., se den cuenta de la importancia que tiene considerar en dicha normativa, la propuesta presentada por Adelco, en cuanto a la constitución previa del Ente de Control, la incorporación del reglamento del usuario y la Audiencia Pública, como elementos indispensables para garantizar el respeto al los derechos de los usuarios, así como la participación de los mismos como elemento de control social, y forma de mejorar la calidad institucional de nuestra provincia.
Este contenido no está abierto a comentarios

