ADELCO TIENE EXPECTATIVAS CON LA NUEVA ETAPA QUE SE ABRE EN LA EXPLOTACIÓN DEL SERVICIO
Esta Ley, aún vigente, estableció las formas, modalidades, alcances procedimientos para llevar a cabo la transformación del sector público de agua potable, desagües cloacales y saneamiento, y la privatización del servicio en el ámbito de la concesión, y sus finalidades eran, garantizar el mantenimiento y propender a la rehabilitación, mejora y desarrollo del servicio, establecer las normas que permitan asegurar niveles de calidad y eficiencia acordes con la naturaleza del servicio, fijar un marco legal adecuado que permita conciliar un eficaz y efectivo suministro del servicio por parte de los prestadores, con el adecuado ejercicio de las facultades estatales relativas a la protección del interés sanitario, del bienestar de la población, y del medio ambiente y los recursos naturales, proteger los derechos de los usuarios y tutelar la salud pública, los recursos hídricos y el medio ambiente.
Ante el lamentable final de esta privatización, la experiencia recogida nos indica palmariamente que a contramano de la utopía de los años noventa, esta solo condición no basta para garantizar los resultados prometidos, que una empresa privada puede ser tan o más ineficiente que una empresa pública, y puede maltratar y faltarle el respeto a los usuarios de igual o peor forma que las empresas estatales.
También revela cómo un Estado que no fue competente para manejar de forma eficaz sus empresas de servicios públicos, se mostró altamente ineficiente para obligar al cumplimiento de sus obligaciones a una empresa privada.
A nuestro criterio no solo fracasó Aguas Provinciales como empresa, sino un modelo de gestión del Estado basado en consignas, en modas, con funcionarios que creyeron a modo de verdad revelada, que todo el problema se resolvía simplemente con transferir el servicio a una empresa privada y con ello mágicamente las prestaciones mejorarían, en calidad, eficiencia, tecnología, y también todos los ciudadanos podríamos acceder a las misma a precios razonables.
Que el capital privado “per se” , llevaría adelante todo lo que el Estado no había podido realizar con una concepción de política económica propia del “le se pass, le se fair” impulsado entre otros por Adán Smith en el siglo XVIII, olvidándose que en este caso existía un mercado cautivo, que no podía “castigar” las ineficiencias ni incapacidades de la firma.
Mientras tanto el Estado, lo único que hacia era verificar los logros de esta propuesta y controlar que no se produjeran desvíos, con el resultado que ya todos conocemos.
Ahora llega ASSA, la que es por un lado todo una incógnita, que se ira desvelando con el paso del tiempo, y por otro lado una posibilidad de cambiar para mejorar, dependiendo de la habilidad, seriedad y profesionalidad de quienes la conducen que los ciudadanos de los quince distritos no tengamos una nueva frustración.
Pero para que esto no suceda, es muy importante que los Directores de esta nueva empresa, comprendan que los usuarios del servicio somos sujetos de derecho, los cuales han sido consagrados constitucionalmente en el Ar 42 que expresa con claridad meridiana que los tenemos derecho, a la protección de nuestra salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz; a la libertad de elección, y a condiciones de trato equitativo y digno.
Que entiendan lo que Aguas Provinciales nunca advirtió, que son una empresa de servicios públicos, que se deben a nosotros los usuarios, y que nuestros intereses y necesidades están por encima de cualquier otro interés, sea este el del Gobierno, los trabajadores, los proveedores, o quien sea. Si este concepto es incorporado, aquilatado y llevado adelante es posible que contemos con una prestación que nos haga considerar que somos verdaderos ciudadanos y no kelpers como a diario nos hacen sentir otros que dicen ser empresas de servicios públicos.
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