ALARMANTE AUMENTO DE LA VIOLENCIA FAMILIAR
Dos juzgados de familia de Santa Fe reciben cuatro denuncias diarias por violencia familiar. Se trata de un fenómeno en crecimiento por el cual quienes lo sufren optan cada vez más por la vía judicial. Este año ya se registraron 530 presentaciones entre los dos juzgados, y en relación con el año pasado, el aumento se estima en un 7%.
Las medidas adoptadas por la Justicia, en las que se utilizó la ley de protección contra la violencia familiar representan una cuarta parte del trabajo de los jueces competentes, cuando en 2004 rondaba el 20%, y se presentaban tres denuncias por día.
El organismo encargado de recepcionar los reclamos es el Ministerio Público Fiscal. Los siete fiscales que actúan en la circunscripción judicial N° 1 reciben a las víctimas y las derivan a los tribunales colegiados, donde les fijan audiencia para tratar el caso, aunque cuando hay lesiones también hacen el reclamo penal.
Héctor Millen, el fiscal N° 7, contó que “lamentablemente tenemos que observar a las víctimas -generalmente son señoras- con señas de haber sido severamente golpeadas”, y ante ese cuadro dan curso a la denuncia en los juzgados correccional o de instrucción, según la gravedad de las lesiones.
INCREMENTO
Si bien existe una orden expresa para que los reclamos se hagan en fiscalía, la secretaria de audiencias del Tribunal Colegiado de Familia N° 2, Liliana Michelassi, explicó que “cualquier juzgado puede intervenir ante una situación de esa naturaleza. Lo que pasa es que por disposición de la procuración las denuncias se hacen a través de la fiscalía y se remiten al tribunal de familia”.
En cuanto al incremento del trabajo confesó que “fijamos dos audiencias de violencia por día, pero además de las pautadas están entrando por cada secretaría (hay dos secretarías) un promedio de 4 ó 5 diarias, cuando hasta el año pasado entraban dos o tres”.
Para Millen el aumento de denuncias está relacionado con las respuestas que se pueden dar en lo inmediato a través de la ley 11.529, porque “la gente que se atreve a venir acá vence muchas barreras propias, del entorno familiar, de la sociedad, porque les duele mucho venir y exponer sus miserias. Son situaciones límite porque vienen de dos o tres años y nunca lo denunciaron por el “qué dirán”. Ahora la gente está un poco más suelta para venir a contar estas problemáticas”.
LA LEY
La provincial promulgó la ley N° 11.529 el 26 de diciembre de 1997 durante el anterior mandato de Obeid, y la reglamentó tres años y medio después, bajo el gobierno de Reutemann. Se denominada “de protección contra la violencia familiar” y fija en su artículo primero el resguardo para “todas aquellas personas que sufriesen lesiones o malos tratos físicos o psíquicos por parte de algunos de los integrantes del grupo familiar”.
Quienes la aplican dicen que su función es resolver el problema en su coyuntura, “es de protección simplemente, no dice ni quién es inocente ni culpable”, sintetizó Michelassi.
Con la ley no se dictan soluciones definitivas sino momentáneas. En el derecho se las conoce como “medidas autosatisfactivas”, y para ser ejecutadas debe haber “peligrosidad en la demora y verosimilitud en el derecho” o sea, “que se vaya a ocurrir un hecho dañoso en el primer caso, y que de lo expresado haya una apariencia de que lo que está diciendo sea cierto”. Aunque además “requieren un grado de credibilidad casi cercano a la certeza para admitirlas” explicó la secretaria de audiencia.
Héctor Millen coincide en que “son medidas provisorias, que tendrían que estar debidamente acompañadas, pero las defensorías generales están absolutamente desbordadas. Es un remedio inmediato para evitar el conflicto grave”.
Por ese motivo las denuncias pueden hacerse de forma oral o escrita, y no es necesario asistir con abogado, al menos en una primera instancia.
También está establecido por ley que “los servicios asistenciales, sociales y educativos, públicos o privados; los profesionales de la salud y todo otro funcionario que accedan al conocimiento de una situación de violencia familiar -luego de asistir a la víctima- deberán efectuar la presentación del caso ante Ministerio Público”.
CASOS COMUNES
De las audiencias pautadas diariamente, en su mayoría son pretensiones de exclusión del hogar.
Según la Dra. Michelassi se trata de “exclusiones que no siempre corresponde hacer. Por ejemplo, si no estoy casada y tengo una casa que es mía, no necesito una exclusión del hogar, porque si una persona que no tiene ningún vínculo jurídico conmigo me está molestando, llamo a la policía para que la echen”.
Por lo general “se tiende a proteger provisoriamente a quien se queda con los hijos menores, pero eso nunca puede configurar un despojo del derecho constitucional a la vivienda”, detalló.
La secretaria del juzgado alertó sobre las denuncias falsas y coincidió con el fiscal en que “desde el año pasado se incrementó el pedido de exclusión de padres respecto a hijos mayores de edad”.
Los dos funcionarios dijeron que si bien el alcohol y la droga son algunos de los disparadores, “el motivo principal es la violencia como tal. No es una enfermedad, es una conducta social aprendida que se trasmite a los hijos, que van a seguir formando parejas con violencia”.
Michelassi relató una de sus experiencia más llamativas: “Un día un hombre me dijo “yo no soy violento”, y yo le pregunté “pero usted le pega”, y me respondió “yo sí le pego, pero eso no es violencia, violencia es dejarla desmayada en el suelo. Ni se le había ocurrido pensar que eso era violencia”.
Otros casos muy frecuentes son las constantes palizas contra los más débiles del grupo familiar, que por lo general son las mujeres, los niños y los ancianos, aunque también existen hombres que piden ayuda, pero son muy pocos.
EL CAV
El Centro de Asistencia a la Víctima y al Testigo de Delito atendió el año pasado 891 casos de violencia sobre un total de 1421 tratados. La cifra comprende el 62,7%, mientras que el porcentaje restante se distribuye entre delitos como “maltrato infantil, apremios ilegales, violaciones y conflictos entre vecinos” entre otros.
El CAV depende da la Defensoría del Pueblo, y es uno de los organismos de los que se sirve el Poder Judicial a la hora de pedir informes y diagnósticos de casos particulares.
Fue creado por ley 11.202 y su misión es la de intervenir “ante situaciones de violencia, física o emocional, ejercida por particulares o instituciones”, aunque la resolución de esos conflictos no siempre deriva en una denuncia en Tribunales. En 2004 sólo un 10,5% de las víctimas (94) resolvieron accionar legalmente.
Para atender a las personas afectadas se ha formado un equipo interdisciplinario integrado por psicólogos, trabajadores sociales y abogados, que actúan ante la solicitud de la propia víctima o por “derivación de otras instituciones”. Los abogados brindan el asesoramiento y acompañamiento legal cuando se inicia el proceso; los psicólogo se centran en la posibilidad de modificar conductas, y en el reacomodamiento de la familia; y el asistente social conectando con los recursos de la comunidad.
Por lo general, cuando atienden casos de violencia familiar se encuentra con gente que atraviesa profundos estados de “pánico, angustia, aislamiento, desamparo y paralización”. Por eso cada caso es evaluado en función de los recursos, las necesidades, la urgencia y gravedad de la situación.
UNA NECESIDAD
Es imperativa la necesidad de un gabinete interdisciplinario que trabaje bajo las órdenes del Poder Judicial.
Los propios empleados judiciales reconocen no estar preparados para enfrentarse diariamente a determinado tipo de conflictos para los que se necesita la presencia de especialistas, que excede el trabajo del cuerpo médico forense.
No es casual que el año pasado se hayan presentado 72 oficios con pedidos de informes y asistencia profesional para casos en los que la estructura judicial resultó desbordada. Este año el número parece que superará al de 2004 puesto que en apenas 4 meses y 11 días la Justicia requirió de la ayuda del Centro de Asistencia a la Víctima en 35 oportunidades.
EN DEFENSORÍA
-1421 casos atendidos por el CAV durante 2004.
-62,7% representan problemas de violencia familiar (891 casos).
-10,5% de de los reclamos alcanzaron la instancia judicial (94 casos).
-72 pedidos de informe y asistencia desde Tribunales.
EN TRIBUNALES
– 2004: ingresaron 1049 denuncias por violencia familiar sobre 5480 causas (19,2 %). Promedio: 3 casos por día.
– 2005: ingresaron (hasta el 11 de mayo) 530 medidas autosatisfactivas sobre 2015 causas (26,4 %). Promedio: 4 casos por día.
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