ANALIZAN CAMBIOS LABORALES EN DIPUTADOS
Esos textos se sumarán así a un proyecto que ya tiene aprobación del Senado y dictamen favorable de la mencionada comisión en la Cámara baja, por lo que en cualquier momento llegará al recinto. Se trata de una modificación al artículo 66 de la ley de contrato de trabajo: ese artículo dispone que, cuando un empleado rechaza, por motivos fundados, un cambio unilateral dispuesto por su empleador en las condiciones de trabajo, puede darse por despedido y cobrar indemnización.
El cambio propuesto, según el texto redactado por el senador Gerardo Morales (Frente Jujeño), consiste en darle al trabajador la opción por cobrar el despido o bien “accionar persiguiendo el restablecimiento de las condiciones alteradas”. Se aclara que, en esta alternativa, la empresa debería mantener la modalidad previa de trabajo hasta tanto el caso tenga una sentencia definitiva.
Según el abogado Luis Discenza, del estudio AM&Z, ese proyecto es preocupante para las empresas, porque fomentaría los juicios y pondría a las partes en la incómoda situación de tener un conflicto en la Justicia mientras persiste la relación laboral.
En rigor, son varios los proyectos con un sesgo antiempresarial.
La iniciativa contra la aplicación de topes en la indemnización por despidos se basa en el fallo de la Corte Suprema, que en 2004 declaró, en el juicio de Carlos Vizzoti contra AMSA, que la quita en el monto por despido por la aplicación de los topes resultaba en ese caso confiscatoria. Otras sentencias de instancias inferiores declararon directamente la inconstitucionalidad de la existencia de un tope.
El monto máximo que dispone la ley es de 3 veces el promedio de todas las remuneraciones previstas en el convenio colectivo de la actividad. Un dato relevante es que esas limitaciones se aplican incluso para la indemnización de los empleados fuera de convenio, como los directivos, lo que produce que la relación entre el salario percibido en actividad y los montos por despido resulte en muchos casos muy poco significativa.
El proyecto también prevé subir de uno a dos salarios el piso de la indemnización por despido sin causa.
En cuanto a los cambios proyectados para el régimen de vacaciones, lo que se busca eliminar es un artículo del decreto reglamentario de la ley 24.667, de pymes, que establece que por convenio colectivo se puede dividir el período de descanso anual en fracciones no inferiores a 6 días hábiles continuos. La iniciativa legislativa sostiene que esa partición de las vacaciones se contradice con la ley de contrato de trabajo, cuando se refiere al derecho de “un período mínimo y continuado de descanso anual remunerado”.
Un tercer proyecto presentado por Recalde es una nueva la ley de Riesgos del Trabajo, pero ese tema no se moverá en el Congreso hasta que el Poder Ejecutivo envíe el proyecto oficial, que elabora el Ministerio de Trabajo.
En la Cámara baja existe una iniciativa para regular la actividad laboral los domingos, pero Recalde afirmó que ese tema -de vieja data en el Congreso- no será discutido por ahora.
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