ANMAT prohibió el uso de antibacteriales en productos de limpieza
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Mediante la Disposición N° 13832/2016, publicada hoy en el Boletín Oficial, la
ANMAT prohíbe el uso de ciertas sustancias en la composición de productos
antibacteriales (de origen nacional o importado) inscriptos ante esta Administración
Nacional como “Productos de Higiene Personal, Cosméticos y Perfumes”.
Los productos antibacteriales alcanzados por esta normativa incluyen jabones
líquidos, jabones en barra, espumas, geles y todo producto que se aplique tanto en
manos como en cuerpo, diseñado para usarse con agua y enjuague posterior.
En tal sentido, ANMAT explicó que el uso prolongado de estos productos puede generar resistencia bacteriana y alteraciones hormonales.
La lista de sustancias prohibidas, que figura como Anexo I de la disposición
mencionada, es la siguiente:
Cloflucarban
Fluorosalan
Hexilresorcinol
Amiltricresoles secundarios
Cloruro de metilbencetonio (Methylbenzethonium Chloride)
Oxicloroseno de sodio
3,4,4´ triclorocarbanllida (Triclocarbán)
Tricloro 2.4.4´hidroxi-2´difenileter (Triclosán)
Al mismo tiempo, la norma establece que la sustancia triclosán sólo podrá utilizarse
en Productos de Higiene Personal, Cosméticos y Perfumes bajo las condiciones y
restricciones de uso que se detallan en el Anexo II.
La Disposición 13832/16 entrará en vigencia a partir del 27 de diciembre de 2016 y
fija un plazo de 24 meses para que las empresas titulares, fabricantes e
importadoras de los productos alcanzados procedan con las adecuaciones
necesarias. Para ello, deberán iniciar ante la ANMAT un trámite de modificación de
fórmula cosmética y rótulo de conformidad con la Resolución del ex MS y AS N°
155/98 y disposiciones complementarias.
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