APELAN EL NUEVO PROCESAMIENTO CONTRA STORNI
La defensa del ex arzobispo Edgardo Storni apeló el procesamiento dictado por el juez de Instrucción Carlos Ferrero, por el presunto delito de coacciones en grado de instigador.
Como se recordará, Ferrero considera que existen elementos suficientes como para suponer que Storni organizó una reunión el 22 de agosto de 2002, en la que se presionó al padre José Guntern para que se retractara de sus dichos que afectaban al entonces arzobispo de Santa Fe.
El abogado Eduardo Jauchen no sólo confirmó la apelación, sino que además dijo que planteó un recurso de nulidad para que se invalide todo el proceso. Sin embargo, por el momento prefirió no dar a conocer las razones que lo llevaron a realizar este planteo.
“Por razones de planificación técnica de la defensa, no lo puedo adelantar. Pero expondré mis argumentos ante la Cámara de Apelaciones en el momento de expresar los agravios”, dijo el profesional.
Además, Jauchen se reservó la posibilidad de recurrir ante la Corte Suprema de la provincia, ante la Corte nacional e, incluso, ante organismos internacionales.
Storni también está procesado por el posible delito de abuso sexual contra un ex seminarista. Este caso llegó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, mediante un recurso extraordinario de inconstitucionalidad.
LOS ARGUMENTOS
Al presentar el recurso de inconstitucionalidad ante la Corte de la provincia, Jauchen consideró que en el proceso contra Storni se violaron las garantías constitucionales del debido proceso; la defensa en juicio y la prohibición de la doble persecución penal.
“Se vulnera la garantía constitucional a la dignidad humana que se encuentra gravemente afectada al pretenderse prolongar indebida e innecesariamente un proceso, con todas las restricciones y estigmas que ello implica cuando la acción está palmariamente prescripta y no existe ningún elemento para involucrarlo en el hecho denunciado sino, sólo, arbitrariamente”, resaltó el abogado.
Sin embargo, la Corte provincial rechazó este recurso y Jauchen sostiene al respecto que “el más alto Tribunal local lejos de brindar una solución o al menos una respuesta acorde con la autoridad jurídica que debe caracterizar a su elevada jerarquía, se ha expedido mediante un fallo nulo, vacío de contenido, nulidad que persiste a pesar de que se ha basado en la falta de sentencia definitiva para declarar inadmisible el recurso, pues precisamente todo el resto de las razones aportadas por esta defensa, como se advierte, denostan la presencia de múltiples razones para considerar que, en este caso, se está en presencia de una resolución equiparable a sentencia definitiva”.
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