APOYAN LA REFORMA DE LA LEY DE IMPUESTO A LAS GANANCIAS
El Consejo Provincial Cooperativo y Mutual de Santa Fe, integrado por todas las Federaciones de Cooperativas y Mutuales de la provincia, resolvió por unanimidad dar apoyo al proyecto de ley que elaboró el diputado nacional Oscar Lamberto, en relación con la exención del Impuesto a las Ganancias para las cooperativas -en realidad es una modificación de dicho cuerpo legal.
De concretarse la aprobación de la ley propuesta por Lamberto, se estaría poniendo fin a una vieja discusión, teniendo en cuenta que desde épocas inmemoriales existía en la sociedad la convicción de que las cooperativas debían recibir un tratamiento tributario acorde con su naturaleza de entidades promotoras del progreso y la transformación social.
Ya durante el menemismo, el ministro Domingo Cavallo intentó en reiteradas oportunidades gravar a las cooperativas con ese impuesto, pero sus afanes se estrellaron una y otra vez contra la legítima resistencia de los cooperativistas, recogida por el Congreso, que desoyó las pretensiones ministeriales.
A su vez, la Afip -como organismo recaudador- ha ido variando su estrategia y exigiendo en ocasiones que las cooperativas presenten declaraciones juradas con cierta información. La exigencia no tendría otra consecuencia que la de causar a las entidades algunos costos adicionales, en tanto y en cuanto la recopilación tuviera fines puramente estadísticos y no se trate de un principio de intención para fundar la ulterior sujeción al gravamen.
Desde su génesis, las cooperativas no tienen ganancias sino excedentes. Estos excedentes son devueltos a sus asociados, quienes ya en forma individual tributan el Impuesto a las Ganancias. Por lo tanto, si estas entidades solidarias debieran pagar, se estaría incurriendo en una doble imposición. De esta manera lo ha interpretado Lamberto y así entonces nació el proyecto en cuestión.
Igualmente, en torno de este asunto existe sobrada bibliografía en la que se coincide que “las cooperativas no son empresas lucrativas: sus excedentes, en caso de existir, retornan anualmente a quienes los hayan generado al haber abonado por el servicio un precio superior al costo del mismo. El retorno cooperativo constituye un ajuste de precio que se distribuye en proporción al uso de los servicios sociales. La utilidad de las entidades lucrativas, en cambio, configuran una remuneración al capital y es éste la base de su reparto”.
Qué contiene la ley
El artículo 20 inciso d) de la Ley del Impuesto a las Ganancias establece que están exentas del gravamen las utilidades de las sociedades cooperativas de cualquier naturaleza y las que bajo cualquier denominación (retorno, interés accionario) distribuyan las cooperativas de consumo entre sus socios. Los estudios realizados sobre este tema indican que la ley e impuesto a las ganancias tienen un incorrecto tratamiento al considerar a las cooperativas exentas, cuando constituye una situación de no sujeción al gravamen, pues el excedente en la previsión del costo debe ser devuelto a quienes lo generaron.
Es aquí entonces donde el proyecto Lamberto intenta arrojar luz para aclarar definitivamente este encuadre tributario ante el espíritu de las cooperativas, ya que al hablar de “no sujeción” se está diciendo que las cooperativas por su naturaleza no debieran estar incluidas en la Ley de Impuesto a las Ganancias.
Si finalmente la propuesta de Lamberto deja de ser proyecto y se convierte en ley se estaría aclarando una vieja historia cargada de confusiones, que en definitiva no ha hecho más que perjudicar al ciudadano común -socio de estas entidades- desde su necesidad de hacer uso de los bienes y servicios que las cooperativas ofrecen.
COOPERATIVAS VAN POR LA CONSTRUCCIÓN
En la misma reunión el Consejo Provincial de Cooperativas y Mutuales se acordó impulsar la inclusión en el movimiento de economía social de las más de 150 cooperativas de trabajo conformadas en Santa Fe para la construcción de viviendas y centros integradores comunitarios. Inclusive, algunos dirigentes propusieron que una vez terminados los proyectos que están llevando adelante, estas cooperativas de trabajo puedan participar del mantenimiento y construcción de edificios y caminos públicos, como una fórmula para mitigar los sobreprecios que se presentan en cada licitación provincial.
En Santa Fe existen 153 cooperativas de trabajo, 82 dedicadas a la construcción de viviendas y 71 dedicadas a la construcción de centros integradores comunitarios. En total ocupan a 2.250 trabajadores. Por su parte, las cooperativas de trabajo insistirán ante los legisladores nacionales para que se mantenga el proyecto original, que se encuentra en la Cámara de Diputados, sobre la posibilidad que tienen para ofrecer el servicio de cable.
Igualmente, en dicho cónclave se estudiaron otras temáticas de interés para el sector. Los dirigentes resaltaron la intervención oficial para que la empresa Telecom dé marcha atrás con el cobro de las llamadas al 110 y 0800, a los clientes de las cooperativas, así como que sean incluidos en la guía telefónica.
Con respecto al proyecto del anillo de fibra óptica entre la Empresa Provincial de la Energía (EPE) y las cooperativas para conformar una red, los dirigentes reconocieron que para ello se requiere de una inversión global cercana a los 50 millones de dólares, por lo cual el propósito está bastante demorado.
EL DATO
José L. Oberlín, titular de la Dirección Provincial de Cooperativas y Mutuales, remitió al secretario de Hacienda de la Nación, Carlos Mosse, la posición del organismo que preside en favor del proyecto de ley, inclusive con la ampliación de la exención también para las mutuales. En igual sentido, el presidente de la Federación de Entidades Mutualistas de la provincia, Víctor Rossetti, elevó un petitorio a los integrantes de las Comisiones de Presupuesto y Hacienda y de Cooperativas, Mutuales y ONG, de la Cámara de Diputados de la Nación.
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