Archivan causa por violencia de género contra un menor
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La jueza calificó al Código Penal de “patriarcal” y cuestionó que el Instituto de la Mujer de Rosario sólo trabaje la problemática con adultos.
La titular del Juzgado de Menores Nº 4, Dolores Aguirre Guarrochena, resolvió archivar una causa por violencia de género que acusaba de amenazas y lesiones leves a un menor de edad. Por el tipo de delito, se lo considera inimputable. En su resolución, la jueza apuntó al Código Penal, al que definió como “patriarcal” al no tipificar a la violencia de género en sí como un delito, y al Instituto Municipal de la Mujer, que no trabaja con menores que hayan incurrido en actos violentos hacia las mujeres. Desde la repartición dijeron que el dispositivo vigente está diseñado para adultos y que en las próximas semanas debatirán la problemática con profesionales de la Dirección Provincial de Justicia Penal Juvenil.
En febrero de 2016, Aguirre Guarrochena recibió la denuncia de una adolescente contra su ex novio. La chica expuso que el muchacho, de 17 años, se presentó en su casa y la agarró de los pelos para sacarla de allí. Luego le pegó un puñetazo en la cara, generándole lesiones. No era la primera vez que la golpeaba, aunque las anteriores no le había causado daños.
Los golpes fueron constatados por una médica que determinó que sanarían en diez días, por lo que quedaron enmarcadas dentro del delito de lesiones leves. También denunció que por Facebook el mismo muchacho le dijo que la iba a matar. “Creo que lo hace por rencor. Capaz que él no quería que lo dejara”, dijo la víctima en Tribunales.
A pesar de todo esto, la magistrada ordenó el archivo de la causa. Para la jueza, la situación que vivió la adolescente se enmarca en un caso de violencia de género. Sin embargo, destaca en sus considerandos algunas cuestiones.
Lo primero: que la violencia de género no está tipificada como delito dentro del Código Penal, más allá de sus manifestaciones más evidentes, como el femicidio. En 2012 se sancionó la ley 26.791, que modificó el artículo 80 para condenar a prisión perpetua al hombre que mate a una mujer en el marco de violencia de género.
“Algunas de las agresiones que se cometen en el contexto de violencia de género quedan tipificadas inexorablemente en tipos penales clásicos (lesiones leves, amenazas simples)”, dice Aguirre Guarrochena en su resolución, y agrega: “Otro tipo de agresiones que se cometen en los contextos de violencia de género ni siquiera son captadas por ningún tipo penal (acosos, ejercicio de control, hostigamientos, descalificaciones hacia la mujer)”.
Y, a esto, se le suma el hecho de que en el caso de los menores de edad —como el muchacho denunciado en este caso— la escasa pena que podría imponérseles por el delito de lesiones leves y amenazas hacen que deba desistirse de la acción penal.
En la resolución que archiva la causa, la magistrada advierte que en aras de aplicar estrategias que ayuden a prevenir este tipo de violencia se contactó con el Instituto Municipal de la Mujer para que brinde al denunciado herramientas para desandar la violencia que aplicó.
La jueza remarcó que desde el organismo argumentaron que el dispositivo está pensando para mayores de edad y no para menores, porque requeriría un abordaje interdisciplinario.
La directora del Instituto, Carolina Mozzi, explicó que la respuesta que se le brindó a la jueza tiene que ver con que el dispositivo de atención grupal e individual a varones mayores que ejercieron violencia contra las mujeres, no está preparado para menores. Sin embargo, remarcó, “la consulta de la jueza detonó inquietudes y por eso activamos coordinación y reuniones con personas que trabajan en la Dirección Provincial de Justicia Penal Juvenil para ver cómo nosotros, que trabajamos masculinidades, podemos dar herramientas a los profesionales que trabajan con menores que están insertos en los distintos espacios del abordaje de esta problemática”.
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