ATE CONSIDERA QUE EL DIRECTOR DEL SERVICIO 107 DEBE DEJAR EL CARGO
Entre los fundamentos del pedido para que separen del cargo al Sr. Carlos Martín, ATE manifestó que “ante el conflicto suscitado en la dependencia que él dirige y producto del reclamo de los trabajadores tendiente a optimizar las condiciones para prestar un servicio de calidad a la ciudadanía -recordemos que “sólo una ambulancia estaba en condiciones de operar”- y mejorar todo lo que se relacione con las condiciones de vida y de trabajo, dicho funcionario descalifica públicamente el accionar de ATE al afirmar que sólo contaba con 5 afiliados y que no era un gremio representativo.
En esa oportunidad, la medida de fuerza fue resuelta por la Asamblea del sector de la que participaron la mayoría de los trabajadores de la dependencia. Además, ATE cuenta con el 30% de afiliaciones sobre el total de los empleados del servicio.
ATE sostuvo también que el citado funcionario a incurrido en Práctica Desleal contraria a la ética de las relaciones laborales al….”.Art. 53 inc .k) Negarse a suministrar la n��a del personal a los efectos de la elección de los delegados del mismo en los lugares de trabajo.”. como así también se ha tipificado lo expresado por el inciso c) al ¨…Obstruir, dificultar o impedir la afiliación de trabajadores …¨.
Concretamente se negó suministrar la nomina del personal de emergencia. ATE lo acusa a Martín de pretender agraviar y desacreditar a dicho gremio y a la par exaltar al gremio UPCN.
Es en ese sentido que considera se ha configurado por ende lo dispuesto por el artículo 53 inciso d) de la citada ley el cual en su parte pertinente expresamente dice: ¨…promover o auspiciar la afiliación de los trabajadores a determinada asociación sindical…¨.
Finalmente ATE exigió al Gobernador que se instruya al funcionario de modo que se rectifique por nota sus malintencionadas declaraciones, se le ordene suministre la nomina de personal como determina la ley y, en homenaje a una actitud republicana que supone que los funcionarios públicos deban reunir condiciones éticas mínimas, contemple la posibilidad de separarlo del cargo.
Este contenido no está abierto a comentarios

