BENVENUTI SEÑALÓ QUE LA REFORMA NO ATENUÓ EL PRESIDENCIALISMO
Benvenuti comenzó calificando como “espurio” el proceso de gestación de la reforma, no por la existencia -dijo- de un pacto entre dirigentes políticos, sino porque éste fue concretado “entre gallos y medianoche”, de espaldas a la opinión pública. Indicó que en ese mal paso inicial coincidieron las ambiciones de Carlos Menem por la reelección y el deseo de atenuar el presidencialismo de Raúl Alfonsín, quien había imaginado un régimen semiparlamentario.
Destacó que la ley que declaró la necesidad de la reforma -la N° 24.309- no tuvo el mejor trámite parlamentario, pero, sin embargo, permitió que hubiera una representación “auténtica y plural del espectro ideológico” del país en los 307 convencionales; dos de los cuales -entre ellos el obispo Miguel Hesayne-, renunciaron porque no se permitieron reformas al Núcleo de Coincidencias Básicas.
Su exposición se orientó a remarcar que las premisas de “atenuar el presidencialismo” y de “fortalecer el federalismo” quedaron en la práctica negadas, aunque sostuvo que la nueva Constitución -por haber incorporado modernos institutos del Derecho Internacional, de gran valor- “sobrevivió políticamente a sus inspiradores”.
Sobre la frustración federal advirtió que somos los propios habitantes del interior, nuestros representantes en el Senado, los que no han tenido la voluntad política de consagrar una legislación basada en el principio de subsidiariedad, que libere con recursos a las provincias.
EL MINISTERIO PéBLICO
Refirió luego, que tras la reforma como titular de Derecho Constitucional debió modificar los contenidos de su materia y recordó que muchos se preguntaron si debía dedicarse toda una bolilla al escueto artículo que consagró la existencia del Ministerio Público, al que Benvenuti describió como “un auténtico cuarto poder” en el sistema republicano argentino.
Señalo que su consagración fue, seguramente, la virtud más importante del histórico hecho de 1994, sin privarse de señalar que al entonces ministro de Justicia de Menem, (luego miembro de la Corte) Rodolfo Barra, “no le gustaba”.
Claro que los fallos, la legislación posterior y el funcionamiento del órgano creado -diferenciado incluso del Poder Judicial- poseedor de una especificidad en sus materias, ahora engrosan la bolilla, dijo el profesor, quien recibió una inmediata respuesta de risas del auditorio, compuesto mayoritariamente por estudiantes.
“NECESIDAD Y URGENCIA”
Benvenuti subrayó que contra la intención inicial -al menos de una parte- de los gestores de la reforma, el poder presidencial no fue atenuado y que por el contrario hoy los presidentes tienen más poder -“y de hecho el actual presidente lo ejerce”- que los mandatarios constitucionales anteriores a 1994.
Mencionó las sucesivas capitulaciones del Poder Legislativo al permitir la delegación de facultades, ya que no se creó la Comisión Bicameral de Control previstas por la Constitución para los decretos de “necesidad y urgencia”. Y reflexionó sobre lo intrascendente que resultó al final, el jefe de Gabinete -soñado inicialmente como un primer ministro de un régimen semiparlamentario- pero luego convertido en apéndice administrativo del presidente.
Diferencia
En Estados Unidos, su Corte Suprema produce por año pocos fallos, 96 en 2002. En nuestro país, el máximo tribunal anualmente dicta sentencia sobre más de 6.000 causas.
A la notable comparación la hizo el Dr. Benvenuti, quien al hablar del poder de Buenos Aires, destacó que llegan a esa instancia superior de la justicia argentina muchas demandas auspiciadas por famosos estudios porteños que perfectamente deberían resolverse en cámaras de Casación.
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