Bonfatti: “Hoy es un día bisagra para el federalismo en la República Argentina”
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El gobernador se refirió a los dos fallos de la Corte Suprema de la Nación que declara inconstitucional la deducción de recursos coparticipables a Santa Fe, y declara su suspensión inmediata. Para el Procurador General de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, Jorge Barraguirre, se trata de “un fallo totalmente sensato”.
El máximo tribunal declaró, con el voto de los ministros Ricardo Lorenzetti, Carlos Fayt y Juan Carlos Maqueda, que es inconstitucional la deducción del 15% de la masa de impuestos coparticipables que realiza el Estado Nacional, sin el acuerdo de las provincias, para financiar a la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses).
Las resoluciones obligan a la Nación a dejar de deducir el 15 por ciento de los recursos coparticipables de Santa Fe, y a acordar, en un plazo de 120 días, devolver la suma descontada desde 2006, y a restituir los fondos retraídos por Afip (de 2001 a la fecha).
“Hoy la Corte emitió dos fallos -explicó Bonfatti-, uno por los Fondos de Autarquía de la Afip, por un valor de 4.800 millones de pesos, sin contar los intereses del 2001 a la fecha, y el otro es por la retracción del 15 por ciento de la coparticipación, que nosotros decíamos que era inconstitucional por lo que la Corte falló a favor de la provincia, que a valor histórico son 20 mil millones de pesos más los intereses”.
El Tribunal explicó que la referida deducción fue originalmente pactada en la cláusula primera del “Acuerdo entre el Gobierno Nacional y los Gobiernos Provinciales” del 12 de agosto de 1992 y prorrogada sucesivamente mediante diversos pactos intrafederales de la misma naturaleza.
Una vez vencidos esos compromisos, el Estado Nacional extendió a partir del 1° de enero de 2006 el plazo de esa deducción de manera unilateral mediante la ley 26.078, cuyo artículo 76 fue declarado inconstitucional.
“Habrá 120 días para llegar a un acuerdo entre Nación y provincia, y algo no menor es que desde ahora el Banco Central tiene que dejar de hacer las retracciones que se hacen mensualmente. Esto es de aplicación inmediata, por lo cual estamos contentos todos los santafesinos, entre ellos los intendentes y presidentes comunales ya que el 13.5 por ciento se coparticipa”, detalló el gobernador.
“Tanto en la gestión de Hermes Binner, como en la actual, hemos administrado con mucha austeridad, hemos hecho muchas obras, dado aumentos salariales por encima de la inflación, y siempre reclamando las deudas que tenía la Nación con la provincia. Esto se va a traducir en muchas obras y en infraestructura que la provincia viene reclamando desde hace tanto tiempo”, concluyó Bonfatti.
PUNTOS CLAVES
La consecuencia de la decisión resulta ser que el Estado Nacional deberá:
>>> cesar en forma inmediata de detraer esos fondos bajo apercibimiento de ordenar al presidente del Banco Nación que cumpla con la orden en el plazo de diez días.
>>> devolver a la provincia la suma retenida indebidamente desde el 1 de enero de 2006 más los intereses que correspondan. A fin de hacer efectiva esta condena, la Corte Suprema fijó un plazo de 120 días para que las partes acuerden la forma y plazos en que el Estado Nacional reintegrará las sumas debidas a las provincias, con la advertencia de que, en caso de incumplimiento, la determinará el Tribunal en la etapa de ejecución de sentencia.
“Nos reconcilia con la Constitución”
Para el actual Procurador General de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe y quien al momento de la presentación de la demanda era el fiscal de Estado de la provincia, Jorge Barraguirre, la sentencia dictada hoy por la Corte Suprema de la Nación “nos reconcilia con la Constitución. Más allá de las relaciones bilaterales entre los demandantes, lo importante es que trata de ponerle algún punto a la anormalidad inconstitucional en cuanto a la demora en la sanción del nuevo régimen de coparticipación”.
En ese sentido indicó que “en lo particular a la provincia se le hicieron lugar a dos demandas” y explicó que “había una razón histórica y otra que es la que acogió la Corte. La razón histórica era como la Nación se quedaba sin fondos para pagar la seguridad social por la privatización, las provincias y la Nación pactan la retención para que la Nación pueda seguir pagando”.
“Esto se modifica con el año 2008 con la estatización de las AFJP y no había necesidad de seguir sosteniendo las jubilaciones con recursos coparticipables. Para poder progresar y seguir con este régimen las provincias debían aprobar las sucesivas prórrogas que el Congreso de la Nación hacía y la provincia de Santa Fe nunca adhirió- de 2006 en adelante- y como toda retención tiene que ser consentida, entonces la Corte dijo que es inconstitucional para la provincia de Santa Fe”, agregó Barraguirre.
Asimismo afirmó que “los recursos son de la provincia, si la Nación está necesitada de esos recursos, tiene que pactarlo con la provincia” por lo que consideró que “es un fallo totalmente sensato”.
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