BOROCOTÓ QUEDÓ HABILITADO PARA ASUMIR LA BANCA
La jueza María Servini de Cubría rechazó así la demanda que habían presentado los apoderados de Pro, la alianza opositora de Mauricio Macri y Ricardo López Murphy, para evitar que Borocotó asumiera como diputado.
Pocos días después de ser elegido en los comicios del 23 de octubre como diputado por el Pro, Borocotó anunció, durante una conferencia de prensa en la Casa de Gobierno después de una entrevista con el presidente Kirchner, que dejaba el bloque de su agrupación para pasarse al oficialismo. La decisión provocó un fuerte escándalo y la presentación de numerosas denuncias en los tribunales.
Para la jueza Servini de Cubría, el traspaso del diputado electo no está comprobado. Ese es el otro argumento central de su decisión. El fallo será apelado, por lo que la decisión pasará a manos de la Cámara Electoral.
De todos modos, la resolución habilita a Borocotó para que sea proclamado por la Junta Nacional Electoral, acto previsto para el miércoles próximo, y para que jure como diputado el 6 del mes próximo, cuatro días antes del comienzo de su mandato.
Entonces, la Cámara baja podrá expedirse -como dice el fallo- acerca de si Borocotó cuenta con la idoneidad moral para asumir el cargo. El único antecedente en el que el cuerpo rechazó un diploma data de 2000, cuando los diputados impidieron la asunción del ex gobernador de Tucumán Antonio Domingo Bussi (elegido el año anterior), por su presunta participación en la represión ilegal durante la última dictadura militar y por no haber declarado una cuenta bancaria en el exterior.
En un fundamento que -con palabras similares- reiteró cuatro veces a lo largo de su resolución, la magistrada sostuvo que “corresponderá a la Cámara de Diputados analizar, en caso de plantearse alguna impugnación, el derecho y el título de Borocotó y verificar si el mismo cumple con los requisitos formales y con la exigencia de idoneidad establecida en el artículo 16 de la Constitución nacional”.
De todos modos, antes de plantear ese argumento, la jueza afirmó que no está comprobado el pase de Borocotó al bloque del Frente para la Victoria, lo que había constituido el eje de la demanda de Pro y lo que había sido aceptado como una verdad en el oficialismo y en la oposición, al menos, antes de que el escándalo llegara a la Justicia.
En línea con la defensa del abogado de Borocotó, Damián Milocco, la magistrada sostuvo que de la “evaluación minuciosa de las notas periodísticas” y de la desgrabación de la conferencia de prensa que el médico dio junto con el jefe de Gabinete, Alberto Fernández, “no se desprende que el candidato hubiera manifestado expresamente su intención de pasar a formar parte de la Alianza Frente para la Victoria ni tampoco la de abandonar la Alianza Propuesta Republicana”.
VOTÓ CONTRA IBARRA
Para sostener que no habían pruebas del salto, Servini de Cubría argumentó que, en línea con los legisladores porteños de Macri y en oposición a los kirchneristas, Borocotó había votado, el 14 del mes actual, en favor del juicio político contra el jefe de gobierno porteño, Aníbal Ibarra. El mismo planteo había hecho el abogado del diputado electo.
“Más allá de que pueda resultar sin duda «políticamente» cuestionable la oportunidad de la actitud de Borocotó, al realizar una conferencia con los referentes de la alianza de la oposición a aquella que lo postulara -dice el fallo-, jurídicamente no se advierte vulneración de norma alguna.”
La jueza se refirió así a la conferencia de prensa que dieron Borocotó y el jefe de Gabinete, que fue precedida por una reunión puertas adentro de la que también participó el presidente Néstor Kirchner. Luego, el Presidente se encargó de defender a Borocotó en público, pero negó que se hubiera sumado a su fuerza.
La resolución de la jueza se produjo sólo algunas horas después de que la Junta Nacional Electoral, que Servini de Cubría integra, decidió la falta de competencia de ese cuerpo para resolver sobre la asunción de los diputados electos.
El fallo de la junta fue dividido. Por la incompetencia votaron Servini de Cubría y el presidente del cuerpo Luis Otero, presidente de la Cámara Nacional Federal en lo Contencioso Administrativo; la presidenta de la Cámara Nacional en lo Civil, Delfina Borda, votó en disidencia.
Con citas de fallos de la Cámara Nacional Electoral y de la Corte Suprema porteña, la jueza electoral destacó que “crearía un peligroso antecedente permitir que un partido modificara unilateralmente su lista de candidatos con posterioridad al acto electoral”.
La jueza rechazó, asimismo, las acciones de amparo presentadas por varios ciudadanos, porque -dijo- es, por empezar, imposible comprobar que hubieran votado la lista de Pro.
El camino de Borocotó hacia el Congreso continuará ahora con la proclamación de la junta electoral y con la jura en la Cámara baja. La asunción sólo podría ser impedida por la Cámara Electoral o por los propios diputados, este último, un escenario improbable.
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