Buscan transformar en ciudad a Sauce Viejo
El senador por el departamento La Capital, Hugo Marcucci, presentó un proyecto para declarar ciudad a la vecina localidad. El legislador sostuvo que la misma superó los 10.000 habitantes y consideró que “experimentó un crecimiento que merece ser atendido con las herramientas que la Constitución Provincial prevé”.
El senador provincial por el departamento La Capital, Hugo Marcucci, impulsó en la Legislatura un proyecto para declara ciudad a Sauce Viejo. Según argumentó, la localidad superó los 10.000 habitantes exigidos por la Constitución Provincial, por lo que resulta necesario “instituir a dicha comunidad el régimen municipal conforme a la legislación vigente”.
Para el senador, los 9.500 ciudadanos habilitados por la Justicia Nacional Electoral para votar en los últimos comicios y los datos de la composición etaria de la provincia arrojados por el Censo Nacional de 2010, permiten proyectar una suma que supera holgadamente la barrera de los 10.000. “Por las informaciones oficiales, es claro y contundente que Sauce Viejo es ciudad”, enfatizó.
A esto, agregó que “la Comuna de Sauce Viejo ha experimentado un geométrico crecimiento que merece ser atendido con las herramientas institucionales que la Constitución Provincial y la Ley prevén al efecto”.
El proyecto
La iniciativa impulsada por el senador del oficialismo propone declarar ciudad a la localidad de Sauce Viejo, instituyendo la jurisdicción territorial de la actual Comuna como jurisdicción del municipio.
A su vez dispone que el Poder Ejecutivo reglamente la normativa convocando a elecciones para elegir a las nuevas autoridades municipales, es decir, intendente y miembros del Concejo Municipal. No obstante, aclara la actual Comisión Comunal deberá cumplir su mandato antes de que aquellas asuman.
Por último, prevé que las tasas, derechos y contribuciones de mejoras, que por las ordenanzas pertinentes correspondieren a la comuna de Sauce Viejo, serán percibidos por la Administración Municipal que la sustituya, hasta tanto se dicten las normas que deberán regir con arreglo a la Ley N° 2756.
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