Cambios en la facturación para monotributistas
Los contribuyentes deberán imprimir facturas “C” del mismo modo que las facturas “A” y “B” de IVA inscriptos. Incluirán un CAI con vencimiento. Se podrán usar las facturas existentes hasta el 31 de diciembre de 2014.
Al respecto, Carlos Vaudagna, director de AFIP Santa Fe, explicó que “a partir de noviembre aquellos monotributistas que deban imprimir sus facturas deberán incluir el permiso de impresión” y aclaró que para “aquellos que tienen factura electrónica, que están categorizados en H o superior, lo van a tener automáticamente, a medida que lo soliciten”.
Respecto del CAI (Código de Autorización de Impresión), detalló que “lo piden cuando van a la imprenta porque la misma imprenta ya tiene un mecanismo de comunicación con AFIP y ya saben cómo deben hacerlo”.
“Esta obligación es a partir de enero”, continuó Vaudagna, “aquellas facturas que no sean utilizadas deberán anularse” a partir de esa fecha, “excepto que preste servicio no gravados en IVA, que podrán seguir utilizando ese facturero hasta marzo 2015”.
Consultado sobre el objetivo de la nueva normativa, el director de AFIP Santa Fe, manifestó que “entiendo que va a tener un control sobre la cantidad de comprobantes que los monotributistas estén emitiendo. Si bien ya tienen la obligación de informar cuatrimestralmente sus operaciones, de esta forma el organismo va a tener la información anticipadamente”.
“Por otro lado, al tener CAI, quienes reciban la factura, deberán efectuar una consulta a los efectos de comprobar que el responsable siga siendo monotributista”, dijo para finalizar.
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