Caso Ilarraz: la Corte Suprema resolverá sobre la prescripción
El recurso fue presentado por la defensa del cura a cargo de Forneron.El máximo Tribunal provincial concedió el pedido de la defensa del cura Justo José Ilarraz y derivó la decisión sobre la prescripción de la causa a la Corte Suprema de Justicia. La decisión adoptada por el STJ fue en voto dividido: Chiara Díaz quedó en minoría al rechazar la solicitud del abogado defensor Juan Ángel Forneron, mientras que los jueces Carubia y Mizawak decidieron conceder el pedido del representante del procesado. “En tanto medie una cuestión constitucional oportunamente planteada, no corresponde vedar el acceso al intérprete final de la Constitución”, señaló la titular del máximo órgano judicial de la provincia. De ANALISIS DIGITAL
La defensa técnica del cura Justo José Ilarraz, acusado por corrupción agravada de menores mientras cumplía sus funciones como prefecto de disciplina en el Seminario Arquidiocesano de la capital entrerriana, resolvió una venia del STJ al conceder el recurso extraordinario Federal que habilita a la Corte Suprema de Justicia de la Nación a resolver sobre la prescripción de la causa. La discusión llevó un tiempo considerable a nivel provincial y derivó en el rechazo de la prescripción de los delitos que se les acusa a Ilarraz, ahora será resuelta de manera definitiva por el máximo órgano judicial de la Nación.
La Sala Nº1 de Procedimientos Constitucionales y Penal del STJ resolvió dar lugar al pedido con voto dividido: Carlos Chiara Díaz rechazó el pedido de Fornerón argumentando el incumplimiento de la “fundamentación suficiente” y se basó en el artícuulo 15 de la ley 48 que regula la “jurisdicción y competencia de los tribunales nacionales”.
Por su parte, el resto de los integrantes del máximo Tribunal provincial decidieron conceder el pedido de Forneron. Daniel Carubia argumentó su voto por la positiva en la satisfacción de los requisitos de formalidad debido a que se trata de “una sentencia definitiva sobre la cual no pueden deducirse otros recursos locales”. Además, consideró necesario “advertir” que la defensa técnica invocó “infracciones a garantías de tutela constitucional emergentes de la sentencia en crisis”.
La presidente del STJ, Claudia Mizawak, apoyó con su voto la decisión de Carubia argumentando que “es formalmente admisible” la solicitud de la defensa y agregó: “En tanto medie una cuestión constitucional oportunamente planteada, no corresponde vedar el acceso al intérprete final de la Constitución”.
Si bien la causa continuará su curso a nivel provincial, será ahora la CSJ de la Nación el órgano que resuelva la prescripción o no de los delitos cometidos por corrupción agravada de menores. La parte acusatoria, tanto pública como privada, no han emitido opinión alguna hasta el momento en relación a la resolución del STJ.
Fuente: Análisis Digital
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