CONCEJALES ACLARAN SOBRE TRACCIÓN A SANGRE
Berlanga, sostuvieron los ediles, aseguró que quien debe cuidar de que se cumpla lo reglamentado con respecto a esto es la policía provincial. Lo cual es de “una falsedad absoluta”, sentenciaron.
“El control de tránsito en la ciudad -continuaron Schneider y Pereira-, corresponde siempre al municipio, cualquiera sea el tipo de vehículo (a motor, ciclo, a tracción a sangre)”. Esta responsabilidad la otorga la Ordenanza del Reglamento General de Tránsito (10.017) municipal.
En su artículo 37 la norma clasifica a los vehículos en “tracción a sangre” y “tracción a motor”. Los primeros los vuelve a agrupar en “sangre humana” (bicicletas, carritos de mano) y “sangre animal” (animales de montar, sulkys, carros y similares).
Para los ediles de la oposición “la ordenanza es clara: dentro del control de tránsito que debe ejercer el Municipio quedan comprendidos los tracción a sangre animal”.
Además, señalan que “el Municipio debe controlar que estos tipos de vehículos circulen” con los mínimos elementos de seguridad como dos artefactos luminosos a los costados, elementos retro reflectantes atrás y adelante, ruedas con trabas y maneas para los animales, entre otros.
Por otro lado, los concejales recordaron que, según lo establecido por la ordenanza 10.203, tienen prohibida la circulación en horario diurno en la zona del macrocentro de la ciudad y en las vías principales (avenidas).
Finalmente Schneider y Pereira remarcaron que este tema tiene un “eminente trasfondo social”, por lo que “el ejecutivo municipal tendría que actuar concientizando a los propietarios de carros de la importancia de circular en condiciones de seguridad vial e, incluso, ayudando a que los carros cuenten con los elementos de seguridad indispensables”.
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