CONCEJALES PROPONEN LA CREACIÓN DE UN REGISTRO DE EMPRESAS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD
En tal sentido, los Concejales presentaron un proyecto de Ordenanza que nomencla la actividad relacionada con tareas de vigilancia privada y/o seguridad, en la tramitación correspondiente a la habilitación de negocios, creándose a tal efecto un Registro de”Agencias de Vigilancia Privada y o Seguridad”.
Simoniello y Henn destacan que si bien la actividad que desarrollan las empresas de Vigilancia Privada y/o Seguridad en la ciudad de Santa Fe, están reguladas por el Decreto Provincial Nº 521/91, que establece las condiciones que deben reunir para el funcionamiento de las mismas, la Municipalidad no tiene registrada específicamente la actividad. En la actualidad, las empresas dedicadas a vigilancia y seguridad, son habilitadas por el municipio como oficina comercial, debido – según lo expresado por la oficina de habilitación de negocios – a que dicha actividad no está nomenclada y los servicios que prestan se realizan fuera de las mismas.
En tal circunstancia, el requisito exigido para la habilitación, consistente en la presentación de la autorización para el funcionamiento emanada del Ministerio de Gobierno de la Provincia de Santa Fe, se realiza de hecho no existiendo ninguna norma que así lo disponga. Dada la importancia del requisito exigido y considerando el tipo de servicio que prestan estas empresas, los Concejales consideran de suma importancia que dicho requisito sea normado y que además se realice una actualización anual de la respectiva autorización para el funcionamiento, que otorga el Ministerio de Gobierno.
La norma propuesta, prevé también prohibiciones a la utilización del espacio público que realizan estas empresas a efectos de prestar el servicio, consistentes en la utilización de instalaciones como ser garitas o barreras en la vía pública, entendiendo que es competencia ineludible de la Municipalidad, velar y proteger los espacios de uso público, como ser las veredas, calles, terrenos baldíos, etc, de acuerdo al artículo 43 de la Ley Nº 2756 – Ley Orgánica de Municipalidades.
Estamos convencidos que desde lo urbano la inseguridad no se puede abordar abandonando el espacio publico y levantando murallas. Por lo contrario propuestas como las juntas barriales donde se discute interdisiplinariamente con los vecinos sobre los situaciones que generan inseguridad, las alarmas comunitarias donde desde la solidaridad entre los vecinos se han alcanzados muy buenos resultados, y el desarme par evitar generar mas violencia desde la violencia han ocupado el centro de la escena política a lo hora de hablar de políticas de seguridad desde la óptica municipal.
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