CONDENAN A AUTOPISTA DEL SOL A INDEMNIZAR A UN MOTOCICLISTA
La Justicia civil condenó a la empresa Autopistas del Sol, concesionaria de la ruta Panamericana, a indemnizar en 132.800 pesos más intereses a un motociclista que en 1998 sufrió graves lesiones al chocar contra restos de neumáticos que estaban tirados sobre la autopista.
La Sala F de la Cámara, con las firmas de los jueces Fernando Posse Saguier, José Luis Galmarini y Eduardo Zannoni, condenó a la administradora de la ruta por el accidente que sufrió Gustavo Stieb el 14 de diciembre de 1998.
Ese día, Stieb circulaba con su moto por el carril central de la autopista Panamericana cuando, entre los puentes de las calles Pelliza y Ugarte, se topó con restos de neumáticos de gran volumen. No pudo evitar el choque.
Como consecuencia de ello, sufrió fractura expuesta de tibia y peroné con pérdida de tejidos, fue sometido a dos operaciones y pese a los tratamientos, la pierna derecha le quedó tres centímetros más corta que la izquierda y la articulación del tobillo también resultó dañada.
Esas lesiones y el stress post-traumático que padeció, según los informes médicos, derivó en una incapacidad que “oscila entre el 50 y el 60 por ciento”.
Los camaristas consideraron que la concesionaria “no sólo tiene a su cargo la realización, mantenimiento, reparación y conservación de las obras atinentes a la autopista, sino que, además de tales obligaciones, pesa sobre ella el deber de seguridad respecto de aquellos usuarios que transitan por el corredor”.
Los jueces reconocieron que ese precepto “en principio, pareciera apuntar a anomalías relacionadas con el mal estado del pavimento, roturas, baches, falta de señalización o iluminación”, según el fallo conocido hoy.
Pero aclararon que “también pesa sobre la concesionaria la obligación de adoptar todas aquellas medidas destinadas a asegurar la adecuada fluidez del tránsito, en todo momento, suprimiendo las causas que pudieran originar molestias, inconvenientes o peligrosidad para los usuarios”.
“Su obligación no puede sólo limitarse a los defectos primeramente enunciados, sino que también debe pesar sobre la concesionaria la carga de remover todo objeto o cosa inerte que pueda hallarse sobre el corredor… para evitar siniestros como el ocurrido”, explicaron.
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