CONDENAN A UN BANCO POR LA DESTRUCCIÓN DE UNA TARJETA
La Justicia confirmó una condena contra el Banco Francés por el daño moral que sufrió una mujer, a la que siete años atrás, un comercio le destruyó su tarjeta de crédito porque supuestamente estaba en mora con la entidad crediticia.
La resolución fue adoptada por la Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, en el marco de una demanda iniciada por Ana María Svampa por un hecho ocurrido el 4 de septiembre de 1998, cuando se disponía a abonar una compra en un comercio.
Según consta en el fallo, la cajera destruyó su tarjeta del Banco Francés frente a terceros, entre quienes se encontraban dos clientes de la mujer de su estudio jurídico que la habían acompañado.
La mujer demandó al Banco Francés y a la empresa Visa Argentina SA y pidió una indemnización de 15.000 pesos por el daño moral que el hecho le ocasionó.
La Cámara sólo aceptó el reclamo contra el banco, aunque por 3.000 pesos, al considerar que su conducta fue “abusiva” porque no debió emitir una orden de retención y destrucción de la tarjeta sin previo aviso, máxime cuando la misma no estaba en mora.
De acuerdo con las pericias citadas en el fallo, surge que al momento de la retención, la tarjeta no se encontraba en mora, ya que el resumen, que vencía el 7 de septiembre de 1998, arrojaba un saldo a pagar de 6,71 pesos, que fue abonado tres días después del vencimiento, sin que se registraran consumos en el mes de agosto.
Para la Cámara, la mujer sólo estuvo en mora por esos tres días y una vez que el Banco recibió el pago “no existió motivo para aplicar una sanción”, según dice la resolución.
“El cliente no puede verse damnificado por la lentitud y la complejidad del sistema, máxime cuando su crédito era por un monto insignificante”, sostuvo la Cámara al destacar el deber de protección al cliente por ser la “parte más débil de la relación”.
Los camaristas Felipe Cuartero y María Díaz Cordero sostuvieron en el fallo que el hecho “debió provocar en el ánimo de la actora un sentimiento de angustia y afectación del propio prestigio”.
Ello porque fue “originado especialmente por la circunstancia de aparecer protagonizando un proceder contrario a la ley ante la vista de la vendedora y los terceros que se hallaban en el lugar”.
La Cámara confirmó un fallo de primera instancia e hizo lugar parcialmente a la demanda, al condenar al Banco Francés a pagar la suma de 3.000 pesos más intereses y costas por el daño moral ocasionado.
Este contenido no está abierto a comentarios

