Confirmaron el sobreseimiento de Elisa Carrió por sus dichos sobre Sergio Massa
El tribunal destacó que la líder de la CC-ARI se refirió a “cuestiones de clara relevancia institucional sobre las cuales se suscitó un intenso debate ciudadano”.
La Sala II de la Cámara Criminal y Correcional Federal confirmó el sobreseimiento de la líder de la Coalición Cívica – ARI, Elisa Carrió, en la causa que le había iniciado su par del Frente Renovador, Sergio Massa, por expresiones que consideró “asertivas, injuriosas y calumniosas”, no motivadas “en el interés público”, sino en el “carácter personal y partidario/electoral”, en su demanda.
La Cámara corroboró el fallo de la instancia previa, que había absuelto a Carrió del delito de calumnias e injurias. La sentencia judicial recordó que con el nuevo ordenamiento argentino, sólo hace falta comprobar que los calificativos “guardaron relación con un asunto de interés público”, para descartar la existencia de acción penal.
Para ello, se recordó un fallo anterior, en que se absolvió a Aníbal Fernández, también por inexistencia de causa. La sentencia consideró que los dichos de Carrió, en su carácter de líder de una agrupación política, se referían a Massa en su carácter de líder político, de ex funcionario y “potencial candidato a presidente”, sobre “cuestiones de clara relevancia institucional” y en torno a las cuales “se suscitó un intenso debate ciudadano”.
El fallo también recordó que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha dicho que “en una sociedad democrática, los funcionarios públicos están más expuestos al escrutinio y la crítica del público” y que, por ello, poseen un “umbral de protección” diferente.
“Se han expuesto voluntariamente a un escrutinio más exigente. Este umbral no se asienta en la calidad del sujeto, sino en el interés público de las actividades que realiza”, citó el fallo.
Los antecedentes de Carrió y Aníbal Fernández
En mayo, Carrió fue absuelta por otra causa, tras la denuncia del titular de AFIP, Ricardo Echegaray, quien había exigido que la diputada de una “declaración de certeza” por sus dichos. Echegaray perdió y debió pagar el juicio.
Carrió había dicho que Echegaray “es un ladrón”, y lo acusó de haber ocupado “el cargo en la Dirección Regional de la Aduana de Comodoro Rivadavia para garantizar impunidad a Conarpesa”, que el jefe de la AFIP “se enriqueció con los feedlots” y que “no puede explicar sus bienes”.
“En ocasiones, permitir límites a la inmunidad de opinión de los legisladores llevaría a neutralizar las críticas de la oposición, con lo cual la función de control quedaría cercenada”, sostuvo el juez en esa ocasión.
Aníbal Fernández, quien tras la derrota del domingo se quejó por la denuncia en su contra que se hizo en el programa de Jorge Lanata (un condenado por el Triple Crimen de General Rodríguez lo señaló como “la Morsa”, el autor intelectual del homicidio), fue absuelto en 2010 por motivos similares.
Mientras cursaba su primer período como jefe de gabinete, Fernández había vinculado al intendente de Pergamino, el cobista Héctor Gutiérrez, al funcionamiento de un prostíbulo. La imputación jamás fue probada, pero Gutiérrez fue marginado de las listas de candidatos a diputados nacionales en las elecciones de 2009.
Tras la denuncia de Gutiérrez, la misma sala que absolvió a Carrió, encontró inocente al jefe de gabinete, debido a que “sus expresiones fueron vertidas en el contexto de una entrevista periodística donde, en su carácter de jefe de Gabinete, opinó sobre la actuación del vicepresidente de la Nación en cuestiones de clara relevancia institucional”, ya que “se pronunció sobre una imputación que, para esos tiempos, pesaba sobre otro funcionario público, Héctor Gutiérrez, aludiendo a que éste era socio político de Julio Cobos”.
Fuente: La Nación
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