Conflicto en Coto: El Ministerio de Trabajo dictó la Conciliación Obligatoria
Ese fue el resultado de las reuniones que se celebraron hoy en las sedes de la cartera laboral de la ciudad capital y de Rosario. Debido a la dura postura de la firma, el Ministerio determinó dictar la Conciliación Obligatoria por espacio de 15 días. En Santa Fe se levantaron los dos cortes de tránsito protagonizados por los empleados.
Cerca de las 15.30 horas se conoció la medida dictada por el Ministerio de Trabajo de Santa Fe, una vez que culminó la audiencia en la sede de la cartera laboral rosarina, sin resultados positivos. Vale mencionar que lo mismo había sucedido en el encuentro concretado en la capital de la provincial.
Vale mencionar que antes de que concluyan las reuniones, el propio ministro del área, Julio Genesini, había adelantado que de no haber acuerdo, se aplicará la Conciliación Obligatoria con el fin de dar lugar a la reincorporación de las personas suspendidas.
“La Conciliación Obligatoria es una facultad que analizan las autoridades. En el día de la fecha, la autoridad superior adoptará una decisión respecto al tema Coto” había anticipado, por su parte, José María Gatto, director General de la Regional Santa Fe del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, después del mediodía, cuando finalizó el cónclave en Santa Fe.
A esa misma hora, se iniciaba idéntico encuentro en Rosario. Después de casi cuatro horas dentro de la sala, fue la viceministra de Trabajo, Nora Ramírez, quien confirmó que no había avances y que la empresa en conflicto había mantenido su posición en cuanto a las cesantías. Si bien la funcionaria aclaró que hubo conversaciones sostenidas, reconoció que “no se pudo llegar a un entendimiento”, por lo que “se dictó la Conciliación Obligatoria.
El régimen de conciliación laboral obligatoria (Ley Nº 10.468) rige desde hoy y por el plazo de quince días hábiles o sea, hasta el 26 del corriente. Esto implica retrotraer la situación laboral y de prestación del servicio al estado en que la misma se encontraba al 2 de noviembre, lo que implica que dejen sin efecto ambas partes las medidas adoptadas, es decir la empresa las suspensiones de los trabajadores y el gremio las medidas de fuerza que se estuvieren llevando a cabo, absteniéndose las mismas, en definitiva, de adoptar algún tipo de medida que implique modificar, alterar y/o extinguir las relaciones de trabajo y/o entorpecer u obstruir el normal y libre desarrollo de la actividad, ya sea en forma directa o indirecta.
Además, se fijó nueva audiencia para el lunes 10 a las 11, en la sede de la Regional Rosario, sita en Ovidio Lagos 599.
SANCIONES
“Mañana vamos a constatar el acatamiento de la conciliación, y en caso de que no cumplan se harán las actuaciones legales y los sumarios correspondientes “. El no acatamiento por cualquiera de las partes en conflicto de lo dispuesto durante la conciliación, resultará pasible de la aplicación de las sanciones establecidas en la Ley Nº 10.468.
SIN CAUSA
Desde el Ministerio de Trabajo, precisaron en los fundamentos del dictado de la conciliación que “independientemente de la trascendencia del conflicto en cuanto afecta a un muy importante número de trabajadores, debe destacarse específicamente una inexistencia de la causal invocada y de cualquier efecto negativo perjudicial al empleo”.
“Es claro que el comportamiento asumido por la patronal como así también las causales invocadas, están alejados de las claras pautas establecidas por la normativa vigente y de continuar en esa postura, implica una clara infracción a las disposiciones de la Ley Provincial N° 13.165 (Defensa del Empleo) y demás normativa, inclusive de carácter nacional”, agregaron.
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