CONMUTARON PENAS A 280 PRESOS
El gobernador Jorge Obeid resolvió conmutar penas a 280 internos alojados en cárceles del Servicio Penitenciario (SP) de Santa Fe. La disposición, que se toma cada año, excluye a todos los condenados por delitos sexuales. No implica, para ninguno de los beneficiarios, reducciones de las penas mayores a seis meses de la sentencia fijada. Todos deben haber cumplido un mínimo legal de la condena impuesta. Y ninguno de ellos accede a la libertad merced a la disposición del Poder Ejecutivo.
Las conmutaciones fueron firmadas por Obeid hace un mes, mediante dos decretos del 15 y 18 de marzo pasados, aunque trascendieron recién ayer al ser difundidas por el portal de Internet “Tiempo de Justicia”. En medio del debate nacional sobre endurecimiento de las penas frente a la crisis de seguridad pública, la novedad generó polémica. Pero desde el gobierno provincial resaltaron que las conmutaciones se resolvieron siguiendo criterios no indiscriminados sino específicos, a sugerencia de organismos técnicos y legales y -sin excepción- en casos en los que los beneficiarios ostentan buena conducta y no son reincidentes.
La propuesta que derivó en el decreto del gobernador fue realizada durante la gestión de Carlos Reutemann por el anterior director del SP, Armando De Martín. Su sucesor en el cargo, Fernando Rosúa, destacó que la evaluación de los candidatos a recibir el beneficio está a cargo de una cadena de evaluadores: grupo de tratamiento de la cárcel, director de cada unidad, juez de ejecución de penas, director del Servicio Penitenciario y del ministro del Gobierno. “Todos esos niveles consideraron que los beneficios eran admisibles”, añadió Rosúa. La Corte Suprema, que es también instancia consultada, históricamente reprueba las conmutaciones.
El gobernador puso como condición para extender los beneficios que entre los favorecidos no hubiese condenados por delitos aberrantes. Además de los autores de delitos sexuales, por cláusula constitucional quedan excluidos autores de ilícitos cometidos en el ejercicio de la función pública.
Los críticos de la política regular de conmutaciones -que es una atribución constitucional del Poder Ejecutivo- la reprueban porque altera las resoluciones que emanan de un poder distinto. Quienes la defienden reivindican su fundamento legal, niegan su carácter generalizado y alegan que las condiciones que exige el beneficio promueve en el recluso el buen comportamiento indispensable para recibirlo.
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