CRÍTICAS DEL SOCIALISMO A LA REGLAMENTACIÓN DE LA LEY ELECTORAL
El Diputado Raúl Lamberto (PS) analizó el decreto del gobernador que reglamenta el sistema electoral que instrumenta las internas abiertas, simultáneas y obligatorias para partidos políticos y ciudadanos. Expresó “la reglamentación en líneas generales se ajusta al texto de la ley en vigencia, lo que nos parece correcto y es lo que hemos venido reclamando desde la bancada socialista. La reglamentación debe ajustarse a la ley y no puede ser de otra manera.”
Agregó el diputado “no obstante se abren varios interrogantes acerca de una correcta implementación de los procesos electorales. Por ejemplo: la simultaneidad de las internas de los procesos electorales nacionales (diputados) y locales (concejales, autoridades comunales). Se trata de procesos electorales diferentes, donde se votaría con padrones diferentes, y que por lo tanto debería emitirse el voto con sobres diferentes y en urnas diferentes. Esto generaría una gran confusión en el elector, que nuevamente se enfrentaría a un festival de boletas, reiterando uno de los males de la ley de lemas, y con dos sistemas electorales diferentes implementados en el mismo acto electoral.”
Luego agregó el diputado Lamberto “cuando se discutió la ley, sostuvimos que era incorrecto obligar a participar de las internas a las listas o partidos que no tuvieren que dirimir candidaturas, o sea que no tuvieran internas. No se escuchó lo expuesto por la bancada socialista, por lo tanto, en aquellos pueblos donde participen un solo partido político deberían votar dos veces por los mismos candidatos y con el mismo padrón, y donde los partidos tengan una sola lista, (no tengan internas) también deberán votar dos veces por los mismos candidatos y con el mismo padrón. Lo que genera un dispendio Injustificable.”
Lamberto también manifestó sus dudas sobre la atomización de listas por cada localidad. Explicó “los partidos políticos o alianzas tienen su reconocimiento provincial. Por lo tanto deberían concurrir a elecciones identificados en el territorio provincial por el partido o alianza que representan. Sí se le otorga reconocimiento por localidad (no en el orden provincial) cada partido o alianza tendría en las localidades, un número identificatorio diferente que determinaría la pérdida de identidad única que le otorga la personería jurídica política provincial. Esto tiene antecedentes en las elecciones anteriores y no debería existir razón para que cambie. Se agravaría además cuando un partido autoriza a participar una lista de candidatos independientes, donde si no tuviera los afiliados locales que la avalen, no podría presentar lista. Esto con el reconocimiento provincial se evitaría, facilitando el ejercicio de la soberanía popular en aquellos lugares donde los partidos políticos conforman la lista de candidatos con independientes o no afiliados. La ley no distingue en cuanto a la personería provincial y condiciones para las diversas categorías electorales, sea que se elija gobernador, otros cargos provinciales, o que se renueven autoridades locales. Donde la ley no distingue, no se debe distinguir”.
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