CUESTIONAN LA DECISIÓN DE KIRCHNER DE PROHIBIR UNA PROTESTA
El Gobierno decidió hoy prohibir una protesta de trabajadores estatales en la propia Casa Rosada. Sin embargo, la Constitución Nacional establece ese derecho. En su artículo 14 dice que “todos los habitantes de la Nación gozan del derecho de peticionar a las autoridades”.
“Coartar una protesta, sea en el lugar que sea, es lesionar la Constitución”, dijo, tajante, el abogado constitucionalista Eduardo Barcesat.
El letrado explicó que el derecho de peticionar lo tiene todo habitante en cualquier lugar que se encuentre, al respaldar que la protesta podía hacerse en la Casa de Gobierno.
Agregó, además, que el Presidente “puede tomar medidas en ejercicio de un poder administrador, es decir si perturba el normal funcionamiento, pero no puede llegar al grado de acallar un reclamo”.
Al respecto, opinó: “Kirchner tiene que tener la misma actitud que cuando la protesta se hace en la calle. Lo que pasó hoy no tiene fundamento alguno”.
LO AFECTA AL PRESIDENTE
En una posición más rígida se ubicó el abogado constitucionalista y diputado del macrismo Jorge Vanossi. “Me parece razonable que en plena sede del Poder Ejecutivo nacional se prohíba una protesta”, aclaró ante una consulta de este medio.
Sin embargo, fue terminante en cuanto a la decisión del Presidente con respecto a otras protestas. “Esto es tan grave como la interrupción de rutas, puentes y calles donde grupos a veces armados con palos cortan la circulación e impiden la libertad de tránsito”.
Vanossi dijo que “es mucho más grave que ahora Kirchner limite la protesta cuando lo afecta a él. El secreto del constitucionalismo es que las normas rigen igualmente para gobernantes y para gobernados”.
“UNA BARBARIDAD”
Camino hacia la comisaría 2ª., donde estuvieron detenidos dos delegados de ATE, Fernando Cardozo y Aldo Flores, el diputado nacional Ariel Basteiro (Partido Socialista), calificó en diálogo con este medio como “una barbaridad” la medida tomada por el Presidente.
“Esto ya es el colmo de un nivel de represión y de no respetar la opinión. A estos delegados los cubre la ley para protestar”, agregó.
De igual modo, criticó con dureza al Gobierno. “Es doblemente llamativo y muestra que hay dos cuestiones: Kirchner empezó a mostrar su verdadera cara porque en Santa Cruz se manejó siempre como un represor y acá se hizo el progresista”.
LIBERTAD SINDICAL
Por su parte, el director del departamento jurídico de la Central de Trabajadores Argentinos (CTA), Horacio Meguira, quien tiene a su cargo la defensa de los dos delegados, explicó que la prohibición de la protesta sindical en la Casa Rosada viola una disposición de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) referida a la libertad sindical.
En su artículo tercero, el convenio 87 establece que “las organizaciones de trabajadores y de empleadores tienen el derecho de redactar sus estatutos y reglamentos administrativos, el de elegir libremente sus representantes, el de organizar su administración y sus actividades y el de formular su programa de acción”.
Y agrega: “las autoridades públicas deberán abstenerse de toda intervención que tienda a limitar este derecho o a entorpecer su ejercicio legal”
El convenio citado adquirió jerarquía constitucional a partir de la reforma de la Carta Magna en 1994.
Meguira precisó a este medio que los gremialistas detenidos, Aldo Flores y Fernando Cardozo están acusados de “desobediencia” un delito previsto por el artículo 239 del Código Penal.
El delito es excarcelable ya que prevé penas de entre 15 días y un año.
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