DANIEL D´ANTONIO: “HAY UNA TENDENCIA A LA PENALIZACIÓN DEL MENOR”
El Dr. Daniel Hugo D’Antonio, especialista en Minoridad y Familia y docente en la UNL y subsede Paraná de la Universidad Católica, parte de señalar “una tendencia a la penalización de la conducta desviada del menor, conducta que puede o no asumir la forma de un delito.
“Cuando se habla de este tema hay que tener muy presente que, eventualmente, un hecho puede ser más grave, aún cuando no esté narrado en una figura penal. Por ejemplo, la drogadicción, la prostitución y otras conductas que los menores asumen y no son de índole delictiva; pero nosotros tenemos un concepto de delito estrictamente referido a la ley penal”, agregó.
En diálogo con El Litoral, D’Antonio advirtió que “en otros países, la palabra abarca otras inconductas. Por eso las estadísticas a veces son engañosas: computan hechos que para nosotros no son delictivos, pero pueden distorsionar la personalidad del menor más que un delito”.
Por lo demás, hizo notar que “no todo delito implica que el menor esté en una situación de peligro por abandono (que es lo que justificaría su internación). Como decía Soler, el delito es un riesgo de la libertad. Algunos sicólogos se interrogan sobre quién de nosotros no cometió un `delito’ siendo menor -desde romper un vidrio hasta llevarse un `recuerdo’ de algún sitio-. Es decir que el hecho a considerar es importante, ¿pero tiene relevancia para considerar si el menor está o no en una situación de peligro?”.
LA DISCUSIÓN POR LA EDAD
El especialista apuntó que una de las claves del problema se cifra en la concepción imperante en cuanto al régimen penal de menores, que “traslada a los menores todo el régimen de los adultos, y ahí es donde cobra importancia el tema de la edad de punibilidad”.
En este punto, se interrogó: “¿Hay una edad de punibilidad? Toda diferenciación cronológica es caprichosa debido a la diversidad del mundo individual. A veces un niño de corta edad tiene un desarrollo de comprensión mucho mayor que un adolescente.
“Es decir que se toman parámetros generales y sobre estas premisas se establece una edad. Hace un tiempo, durante un gobierno militar, ya se había intentado reducir la edad de punibilidad a 16 años. Pero tuvieron que volver atrás, porque los institutos de alojamiento no daban abasto”, relató.
En atención a ello, D’Antonio advirtió que “debe cuidarse muy bien este detalle. La edad es un elemento indicador, pero no decisivo. Tal vez el mejor sistema es medir el grado de comprensión en cada hecho. Es un sistema que se está propiciando, pero es complejo y por eso requiere la debida atención”.
“¿En qué momento se puede reprochar personalmente al menor? La pena no deja de ser sancionatoria, porque cercenar la libertad ambulatoria no tiene ningún sentido en sí misma, máxime con un niño que está en pleno proceso de formación de su personalidad. Y si esa privación de libertad no está acompañada de toda una gama de medidas tendiente a resolver su situación, o paliarla, o entenderla ¿para qué sirve?”, continuó planteando.
Al respecto, hizo notar que “muchos autores sostienen que pena y menor son vocablos inconciliables. Aun así, el castigo es una idea recurrente y, como apunta un criminólogo español, 200 años de fracaso de la penalización no han servido de lección”.
En todo caso, la lectura más atinada es “considerar la conducta desviada del menor como un elemento muy valioso para actuar: es un llamado de atención para que se actúe”.
¿INTERNAR O NO?
Al ser requerida su opinión sobre uno de los aspectos más controvertidos en la práctica, que surge de la falta de lugares apropiados para el alojamiento de los menores, recordó que “en nuestro sistema está todo previsto y la Convención de los Derechos del Niño establece que los menores deben estar alojados en lugares reeducativos separados de los adultos”, previsión legislativa que choca con la realidad.
A partir de ello, trajo a colación un interesante debate jurisprudencial, planteado en la provincia de Córdoba. “La cuestión es qué ocurre cuando no se da la posibilidad de un lugar adecuado; si el juez debe o no internar de todos modos al menor. Se ha producido una controversia entre los jueces: algunos sostienen que habrá que tomar otra medida tutelar, hasta lograr la internación en un lugar adecuado, porque de lo contrario estamos agravando la situación”.
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