DE LA INSTITUCIONALIZACIÓN A LA PROTECCIÓN INTEGRAL DEL NIÑO
El 21 de octubre de 2005, el Congreso de la Nación promulgó la ley 26.061 y puso fin a la vieja ley de Patronato, cuyos postulados estaban vigentes desde 1919. Con la reglamentación de la normativa, en abril de este año, comenzó el período de adecuación e implementación en cada una de las provincias argentinas.
Dentro de ese marco, Santa Fe organizó la Jornada de Articulación sobre Políticas de Niñez, Adolescencia y Familia, en la que participaron funcionarios provinciales, representantes del área provenientes de distintas comunas y municipios de Santa Fe, expertos en la materia e integrantes de la Comisión Técnica que participaron en la redacción de los Decretos Reglamentarios de la ley de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes. El objetivo fue establecer estrategias de acción para trabajar en forma conjunta y organizada.
La normativa introduce un cambio copernicano en el rol que ejerce el Estado frente a los niños y adolescentes en riesgo. “Antes, el chico era mirado como un problema que debía quitarse de la comunidad y ocultar. La manera de sacárselo de encima era institucionalizándolo, actitud con la que se protegía a la sociedad pero no al niño. A partir de la nueva ley, cambia la mirada hacia los chicos, que pasan a ser considerados sujetos de derechos”, señaló la Dra. Luisa Donni, subsecretaria de Niñez, Adolescencia y Familia de la Secretaría de Promoción Comunitaria de la Provincia.
La normativa deroga la ley 10.903, que estableció el denominado Patronato del Estado, el cual “partía de una conceptualización de la infancia que se enroló en lo se conoció en Latinoamérica como la Doctrina de la Situación Irregular, a partir de la cual el niño era visto como un incapaz y, por lo tanto, objeto sometido a la tutela y protección concedida mediante la intervención del Poder coactivo y Judicial. La nueva ley, en cambio, transforma el modo de concebir la infancia e implica una redefinición en la forma de protegerlos, sobre la base de la ejecución de políticas sociales y de promoción”, señaló Marisol Burguez, integrante de la Comisión Redactora de los decretos reglamentarios (415 y 416) de la ley 26.061.
La promoción para garantizar derechos
La normativa pone fin a la convivencia reñida entre la ley de Patronato (N° 10.903) y la Convención de los Derechos del Niños, que fue incorporada a la Constitución Nacional en 1994.
La ley de Protección de la Infancia y Adolescencia garantiza el derecho a la vida, la dignidad e integridad personal; a la identidad, la salud y la educación; a la libertad, el deporte y juego recreativo; al medio ambiente y a la libre asociación; al derecho a opinar y a ser oído; y, en el caso de los adolescentes, a trabajar y a gozar de seguridad social.
A partir de ahora, el Estado Nacional, las provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los municipios serán los encargados de definir las políticas, los planes y programas de protección para evitar que los niños y adolescentes cuyos derechos se encuentran amenazados o vulnerados permanezcan en esa situación de riesgo.
En el artículo 37 de la ley se detallan las medidas promocionales que deben adoptarse, entre las que se destacan la aplicación de políticas tendientes a fortalecer el grupo familiar, el otorgamiento de becas de estudio, la inclusión de los menores en programas de apoyo escolar, la asistencia integral de la embarazada; el tratamiento médico, psicológico o psiquiátrico del niño, adolescente, padres o tutores legales que lo requieran y la asistencia económica.
La ley enuncia, además, la prohibición expresa de institucionalizar o privar de su libertad al menor porque su familia carece de recursos económicos, materiales o vivienda digna para ofrecerle. En este caso, será el Estado el encargado de proporcionarle los medios e instrumentos necesarios para favorecer la permanencia de los niños y adolescentes dentro del círculo íntimo.
Responsables
La ley crea la Secretaría Nacional de la Niñez, Adolescencia y Familia, cuyas metas son garantizar el funcionamiento del recientemente creado Consejo Federal; elaborar, junto a éste, un plan de acción a nivel nacional; gestionar políticas activas de promoción y defensa de los derechos; implementar estrategias de asistencia técnica y capacitación a organismos provinciales, municipales y agentes comunitarios; coordinar acciones entre los poderes del Estado, organismos gubernamentales y entidades intermedias, y promover la obtención de recursos de financiamiento nacionales e internacionales para poder hacer efectivas las políticas fijadas.
De la letra a la realidad
Para adecuarse a los desafíos que plantea la ley 26.061, la Dirección Provincial del Menor, la Mujer y la Familia de Santa Fe fue convertida en Subsecretaría y prevé en el corto plazo reforzar su presencia en el interior con la apertura de delegaciones en Reconquista, Rafaela, Venado Tuerto y Villa Constitución, que se sumarán a la Direcciones de Santa Fe y Rosario.
Más allá de los lineamientos generales que marque el Consejo Federal, el organismo provincial se abocará a brindar soluciones a “las situaciones de maltrato, situación de calle, drogadicción y violencia familiar, que no sólo incluye al niño y a la mujer sino también a ancianos y discapacitados. Vamos a estar prestando atención a los temas más graves”, señaló la doctora Luisa Donni, subsecretaría de la Niñez, Adolescencia y Familia de la Secretaría de Estado de Promoción Comunitaria de la provincia.
La funcionaria destacó además que desde el organismo están trabajando en la redacción de un anteproyecto para que la provincia tenga una ley de minoridad en donde “se refleje la ley nacional, pero adaptada a las circunstancias propias de Santa Fe. En ella figura con más especificidad el tema de municipios y comunas y las competencias y procedimientos de los jueces”, comentó Donni.
Este contenido no está abierto a comentarios

