DEBATEN UNA LEY CLAVE SOBRE RECURSOS DE AMPARO
La Cámara de Diputados inició a las 15.45 su sesión de tablas para tratar, como temas centrales, la ley para reglamentar el recurso de amparo y la creación de una fuerza de Seguridad Aeroportuaria.
La reglamentación de la Acción de Amparo es una de la veintena de leyes pendientes derivadas de la Constitución Nacional reformada en 1994, debido a la falta de acuerdos entre los legisladores en normas que requieren de mayorías calificadas.
El Congreso adeuda además una nueva ley de Coparticipación, la reglamentación de los Decretos de Necesidad y Urgencia y normas vinculadas a los derechos indígenas, de los niños y el marco regulatorio de los servicios públicos privatizados.
El bloque del Frente para la Victoria acordó con el radicalismo y el Peronismo Federal debatir hoy el dictamen de las comisiones de Asuntos Constitucionales y de Justicia, la ratificación de acuerdos internacionales, entre los que figura, la Convención Anticorrupción firmado en Nueva York y sobre la OIT, y exención del IVA a los fondos fiduciarios financieros.
El proyecto de ley de reglamentación del régimen de amparo consensuado en las comisiones de Asuntos Constitucionales y de Justicia establece los requisitos para presentar esa demanda, pone plazos para que el juez pueda considerarla y habilita a que pueda existir una acción colectiva.
Uno de los cambios sustanciales del proyecto de ley permite la acción de amparo colectivo, es decir, que una organización civil puede interponer ante la Justicia este recurso cuando existe una decisión que afecte a un conjunto de ciudadanos.
Hasta ahora son admitidas sólo las presentaciones de amparo individuales, mientras que el dictamen aprobado ahora contempla las de carácter colectivo en casos de discriminación, defensa de los derechos de los usuarios y consumidores o protección del medio ambiente.
El proyecto habilita al Defensor del Pueblo, el Ministerio Público y asociaciones de defensa de los derechos del usuario y consumidores o protección del medio ambiente a realizar presentaciones colectivas.
El dictamen fija que “la acción de amparo es inadmisible cuando exista otro medio judicial que permita obtener de forma más idónea la protección del derecho o garantía de que se trate, o cuando la decisión de la causa requiera de mayor amplitud o prueba, se intenten pretensiones cuyo objeto sea la condena a reparar daños y perjuicios
De acuerdo al dictamen, el plazo para interponer un recurso de amparo será de 45 días hábiles desde la fecha en que el o los afectados tuvieron conocimiento fehaciente de la lesión, y establece que no será admisible el reclamo de daños y perjuicios en la acción de amparo.
El juez recibe la presentación del recurso de amparo y otorga cinco días a los demandados para realizar su contestación. En caso de ser una autoridad pública el informe debe ser respondido en un plazo de quince días.
Además, el magistrado podría realizar un período de prueba de cinco días hábiles o si es de puro derecho el juez debe emitir una sentencia en tres días hábiles. En los casos de acción de amparo colectivo regirá para todas las personas involucradas en la demanda.
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