Deberá indemnizar a su hijo por no haberlo reconocido
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de la Ciudad de Buenos confirmó un fallo de primera instancia que condenaba a un padre a indemnizar a su hijo que no había reconocido.
Los jueves Beatriz Areán, Carlos Carranza Casares y Carlos Alfredo Belluci no sólo ratificaron la condena por el daño que le produjo al hijo que su padre le niegue reconocimiento, sino que también elevaron los montos indemnizatorios: $35.000 por daño moral, $20.000 por incapacidad psíquica y $10.000 por tratamiento psicoterapéutico .
En su presentación, el hijo había señalado que el padre tenía pleno conocimiento de su existencia desde el momento del embarazo y que, de manera voluntaria, decidió negar su responsabilidad. Manifestó además que no corresponde asignarle a él y a su madre un porcentaje de imputabilidad, pues ella tenía un nivel educativo y económico muy precario, un miedo cierto de que un proceso judicial de filiación expondría a su hijo al rechazo de su padre y no era un deber a su cargo iniciar tal pleito; que no fue responsable por la falta de reclamo dado que desconocía su identidad.
En tanto, el padre adujo no haber obrado de manera antijurídica en razón de las dudas que tenía sobre la paternidad reclamada, y aseguró que el alegado daño psicológico y el tratamiento de esta índole no tienen relación causal con su conducta y que otro tanto ocurre con el perjuicio extrapatrimonial.
Los camaristas apuntaron que "la falta de reconocimiento paterno al privarlo de un componente sustancial de su personalidad afecta evidentemente la identidad del hijo, lo que ya de por sí conlleva un perjuicio y todo daño injustamente padecido ha de ser resarcido".
Los protagonistas de esta causa que lleva el número 41.977/2006 fueron identificados por la Sala G de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, sólo mediante las iniciales, como I.G.G., el hijo, y M.Z., el padre..
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