DENUNCIAN AL ARZOBISPO Y AL REPRESENTANTE LEGAL DE UN COLEGIO POR DESVÍO DE FONDOS
La denuncia -presentada hace 15 días- la firma el abogado local Domingo José Rondina, en representación de una docente de la Escuela San Roque, que oficia como vicedirectora en el mencionado establecimiento educativo. “Esta presentación es a los fines previstos en el Código Procesal Penal de Santa Fe que dispone: Artículo 180.- Deber de denunciar. Excepción: Tendrán deber de denunciar los delitos perseguibles de oficio:1) Los funcionarios o empleados públicos que los conozcan en el ejercicio de sus funciones. Y, consecuentemente, dispone el Código Penal de la Nación en su artículo 277: Será reprimido con prisión de seis (6) meses a tres (3)años el que, tras la comisión de un delito ejecutado por otro, en el que no hubiera participado: d) No denunciare la perpetración de un delito o no individualizare al autor o partícipe de un delito ya conocido, cuando estuviere obligado a promover la persecución penal de un delito de esa índole.”, reza la denuncia a la que tuvo acceso Notife.com.
Rondina fundamenta su denuncia argumentando que “por ende, tomando en este acto noticia del delito, debe Ud. proceder a efectuar la pertinente denuncia, bajo apercibimiento de hacerse personalmente responsable”.
LOS HECHOS
De acuerdo al escrito, la vicedirectora de la Escuela San Roque – propiedad del Arzobispado local y a cargo del representante legal Ángel Velocci – denuncia que desde hace dos años “se me abona el sueldo en dos recibos de sueldo, uno de los cuales indica función de ‘preceptora’ y el otro ‘diferencia vicedirectora’. Entre los dos suman lo que corresponde al cargo de vicedirecctora, único que ejerzo”. La docente denuncia que “nunca entendí por qué se me pagaba por separado hasta hace un tiempo, que por un conflicto gremial con la patronal descubro que se había efectuado una maniobra que consistía en que el colegio solicitó un subsidio a la provincia para pagarle a un preceptor, aduciendo que soy yo, pero como yo no soy preceptora, sino vicedirectora, se me paga el monto del subsidio y se me agrega la diferencia por recibo separado. Ello implica que se usa un dinero destinado para tal fin, imputándolo a otra finalidad que no es aquella para la cual la provincia remite el dinero. Así obtienen un beneficio ilegal, ya que consigue plata para pagar parcialmente a la vicedirectora y defraudan al Estado santafesino, además de tener un preceptor menos”.
El artículo 172 del Código Penal establece que “Será reprimido con prisión de un mes a seis años, el que defraudare a otro con nombre supuesto, calidad simulada, falsos títulos, influencia mentida, abuso de confianza o aparentando bienes, crédito, comisión, empresa o negociación o valiéndose de cualquier otro ardid o engaño”. En tanto, el artículo 173 reza: “Sin perjuicio de la disposición general del artículo precedente, se considerarán casos especiales de defraudación y sufrirán la pena que él establece: 7. El que, por disposición de la ley, de la autoridad o por un acto jurídico, tuviera a su cargo el manejo, la administración o el cuidado de bienes o intereses pecuniarios ajenos, y con el fin de procurar para sí o para un tercero un lucro indebido o para causar daño, violando sus deberes perjudicare los intereses confiados u obligare abusivamente al titular de éstos”. Y el artículo 174 establece que “Sufrirá prisión de dos a seis años: El que cometiere fraude en perjuicio de alguna administración pública.”.
El patrocinante legal de la docente entiende que “en alguna de estas dos figuras encuadra la conducta informada y ambos son delitos de acción pública, ello sin perjuicio del mejor encuadre de la autoridad, a la que nos sometemos”.
El abogado pone en conocimiento de la Ministra de Educación “el hecho delicitivo cometido por Arancedo y Velocci, configurados en la figura penal de defraudación”. Del mismo modo, el Dr. Domingo Rondita solicita que la cartera de Educación de la Provincia solicite la pertinente denuncia.
El mismo escrito fue puesto en conocimiento de la actual Directora Provincial del Servicio de Enseñanza Privada, María del Carmen Quaglia.
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