DEPÓSITOS HASTA U$S140 MIL DEBERÁN PAGARSE EN ESA DIVISA
La Cámara en lo Contencioso Administrativo decidió que los depósitos en dólares pesificados a principios de 2002, hasta 140.000 dólares, se devuelvan íntegramente en divisa estadounidense, y el excedente de ese monto, al valor 1,40 más CER.
El fallo contradice lo decidido por la Corte Suprema en el “Caso Bustos” -que avaló la pesificación- y avanza sobre el voto del juez de la Corte Raúl Zaffaroni en esa misma causa, cuando recomendó reconocer dólares hasta un valor de 70.000.
La Sala Quinta de la Cámara decidió, además, que los retiros parciales en pesos que fue efectuando el ahorrista que planteó el amparo a lo largo del tiempo generan derechos a percibir la diferencia entre el valor pesificado y el del dólar en el mercado libre.
El fallo remite nuevamente a la decisión pesificadora de la Corte y pone al desnudo que aquella sentencia, en realidad, sembró confusión en los tribunales inferiores, como en este caso la Cámara en lo Contencioso Administrativo.
Según dijeron a DyN observadores judiciales, cuando la Corte sancionó el fallo “Bustos”, avaló la pesificación con cuatro votos coincidentes y un quinto, el de Zaffaroni, que incluía una salvedad, cual era la de pagar en dólares hasta 70.000 y de allí en adelante, a 1,40 más CER.
La Sala Quinta, con los votos de Pablo Gallegos Fedriani y Luis Otero, y tomando un criterio que ya había esbozado en noviembre de 2004 otra sala, la Primera, del mismo fuero, avanzó sobre el voto de Zaffaroni.
Así, interpretó que la Corte fijó “una doctrina legal al coincidir en el reconocimiento de la constitucionalidad de las normas que prescribieron la indisponibilidad y pesificación de las inversiones financieras, cuando superan los 140.000 dólares, al conformarse en coincidencia también el voto del Dr. Zaffaroni”.
Gallegos Fedriani y Otero avanzaron aún más, y decidieron que “las diferencias cambiarias por extracciones parciales efectuadas con posterioridad a la iniciación de la presente acción de amparo… implican una reserva implícita, que descarta el sometimiento voluntario al régimen pesificador”.
Por ello, decidieron que esas diferencias entre el valor 1,40 más CER y el valor en el mercado libre deben liquidarse a favor del ahorrista.
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