Descargar pornografía en el trabajo es causal de despido
La Cámara del Trabajo avaló el despido de un empleado por bajar pornografía de Internet en forma reiterada en horario de trabajo, lo que fue calificado por la Justicia como una "injuria suficiente" para justificar su remoción.
Se trata de un técnico programador que era enviado por su empresa a otras compañías a realizar tareas de desarrollo e implementación de programas de software.
Según la causa, desde allí bajaba material pornográfico de Internet y se lo enviaba a su mail laboral.
Los jueces sostuvieron que la conducta es "objetable en cuanto al contenido de las páginas que visitaba a diario repetida y constantemente en su horario de trabajo", según el fallo al que accedió DyN.
El tribunal resaltó que el empleado fue advertido por sus compañeros y un director de la empresa para que cese su conducta, lo que no hizo porque en la causa se dio por probada "la descarga reiterada de material pornográfico".
Los magistrados Gregorio Corach y Daniel Stortini sostuvieron que "la conducta del trabajador era sin lugar a dudas reprochable" y que "constituyó injuria suficiente que justificó la medida rescisoria adoptada" por la empresa.
El tribunal también criticó que el empleado haya hecho un mal e indebido uso de las herramientas de trabajo.
"Cabe señalar que es indudable que el correo electrónico provisto por una empresa posee las características de una herramienta de trabajo que debe ser utilizada para el cumplimiento de la labor y no para fines personales ajenos a la prestación laboral", explicaron.
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