DETALLE DEL PROYECTO PRESENTADO POR LA DIPUTADA MA. DEL CARMEN ALARCÓN
ARTICULO 1º: Créase el FONDO ESPECIAL PARA LA RECONSTRUCCION DE LA CIUDAD DE SANTA FE, por la suma de cuatrocientos millones de pesos ($ 400.000.000.-) teniendo como objetivo la reconstrucción de la ciudad por los daños emergentes de la inundación.
ARTICULO 2º: El fondo estará integrado por el medio por ciento anual total de la masa coparticipable, definida en el artículo 2º de la Ley 23.548 de Coparticipación Federal, hasta alcanzar la suma estipulada de $ 400.000.000.-, monto que integrará el presupuesto por el término de cuatros años, a ser invertido de acuerdo al resultado de relevamiento del desastre según el detalle siguiente:
-Sector Infraestructura
-Red vial-Red Ferroviaria- Energía Eléctrica
-Servicio de Agua potable y Cloacas
-Reconstrucción de las estaciones de bombeo y reparación y/o provisión de equipamiento electromecánico.
-Defensas contra las inundaciones
-Transporte
-Iluminación
-Daños en alumbrado público y semáforos
-Establecimientos Deportivos
-Vivienda Dañadas
-Equipamiento Habitacional
ARTICULO 3º: El Poder Ejecutivo Nacional podrá reemplazar dicho aporte con:
a) préstamos internacionales
b) asignaciones de partidas presupuestarias
c) afectación de otros fondos nacionales
d) donaciones y legados
ARTICULO 4º: El fondo será destinado por ésta única vez, a la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe, a fin de darle inmediata aplicación a la tarea de reconstrucción de la ciudad.
ARTICULO 5º: Unidad Ejecutora: la unidad ejecutora del fondo estará presidida por el Intendente Municipal, contando con el asesoramiento de organismos que el mismo estime corresponder, de acuerdo a las áreas de gobierno necesarias en relación a las obras a realizar.
ARTICULO 6º: Los fondos asignados serán controlados por la Auditoria General de la Nación.
ARTICULO 7º: De forma.
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