DIPUTADOS INTRODUJO CORRECCIONES AL PROYECTO DE INFORMACIÓN PÚBLICA
La Cámara de Diputados santafesina aprobaría el jueves el discutido proyecto destinado a permitir que todos los ciudadanos puedan conocer los actos de gobierno. En los últimos días la iniciativa obtuvo dictamen favorable de la comisión de Asuntos Constitucionales que modificó el proyecto removiendo un polémico requisito introducido por los senadores cuando le dieron media sanción. Conocida como ley de información pública, la iniciativa está basada en presentaciones del ex diputado Carlos Favario, y los actuales legisladores Hugo Marcucci, Federico Pezz y Ritter. Esta es una ley reclamada desde hace años por diversos sectores sociales, entre ellos, los sindicatos de prensa de la provincia.
Ese reclamo llevó al gobernador Jorge Obeid a incluir la iniciativa entre las primeras leyes enviadas a la Legislatura no bien asumió el cargo. Por esa razón, la Cámara de Senadores trató y aprobó la norma aunque introduciéndole un requisito que encendió la polémica: la necesidad de demostrar un interés legítimo por parte de aquel ciudadano que requiriera conocer alguna medida adoptada por el gobierno. Esa condición, que fuera unánimemente rechazada por los sectores que reclaman la publicidad de los actos de gobierno, no figura en el dictamen de la comisión de Asuntos Constitucionales de Diputados y establece, en cambio, el libre acceso a toda persona física o jurídica a la vista e información de los actos de gobierno de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, entes descentralizados y entidades autárquicas.
Esta norma venía demorada y, hasta donde se supo, figuró en la agenda del encuentro mantenido la semana pasada por el gobernador con los diputados. Allí el mandatario habría pedido a los legisladores que aceleraran el tratamiento de la norma. Con el dictamen favorable, sumado al pedido del gobernador, se estima que la Cámara podría darle aprobación en su sesión de esta semana.
Veraz, adecuada y oportuna
El proyecto, con la modificaciones introducidas por los diputados, establece que toda persona, física o jurídica, tiene derecho a acceder a una información pública completa, veraz, adecuada y oportuna de los entes y órganos de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, empresas y sociedades del Estado y otros entre públicos que constituyen la administración general del sector público provincial no financiero.
El derecho a la información alcanza a las sentencias definitivas y resoluciones judiciales, dictadas en causas en las que la provincia sea parte o esté comprometido el interés público.
La norma fija que los funcionarios tienen 15 días hábiles para responder a partir del momento del requerimiento de una determinada información y que, si obstruyera injustificadamente o la suministrase sin fundamento y en forma incompleta, podrá ser sancionado con multas, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal que le pudiere caber. La Defensoría del Pueblo será el organismo de control de la correcta aplicación de la ley.
Nueve excepciones
Existe, no obstante, un listado de nueve excepciones contempladas en el artículo 6 del proyecto que cubren un significativo abanico. Ellas son: cuando el carácter confidencial, secreto o reservado de la información esté impuesto por una ley especial; cuando se trate de datos personales protegidos por la ley nacional Nº25.326; cuando pueda ocasionar un peligro de vida de las personas, afectar su derecho a la intimidad, a la imagen o al honor; cuando provenga de un órgano ente de la Nación y su reserva esté impuesta por razones de seguridad pública, defensa, inteligencia, contrainteligencia, política exterior, política económico financiera, comercial, tributaria, industrial, científica o técnica y dicha reserva o confidencialidad haya sido dispuesta mediante decreto, resolución o acordada; cuando se trate de información contenida en notas internas, con recomendaciones u opiniones producidas como parte de un proceso previo a la toma de una decisión de administración, que todavía no forma parte de los expedientes.
También se exceptúan de la condición de información pública disponible y accesible a todos los ciudadanos aquella información protegida por el secreto profesional o cuando se trate de información preparada por asesores técnicos y pudieran revelar la estrategia a adoptarse en la defensa o tramitación de una causa judicial o de cualquier naturaleza similar; a los actos o sumarios administrativos impugnados legalmente, hasta tanto se hubiere dictado resolución definitiva; a la dispuesta por un juez competente, en defensa de derechos y garantías individuales y a la referida a secretos de organismos o empresas de la provincia o terceros que lo hayan suministrado con el propósito de que no sean dados a conocer.
Que Diputados trate y apruebe el jueves próximo esta iniciativa, como podría acontecer, no la convertirá en ley. En ese caso la norma será devuelta al Senado provincial para una segunda revisión.
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