DOS ASOCIACIONES DE CONSUMIDORES IMPUGNARON EL PLIEGO DE HORACIO USANDIZAGA
La filial santafesina de Adelco, manifestó ayer formalmente su oposición a la designación del senador radical, Horacio Usandizaga, para ocupar la vacante del Ente regulador de Aguas Provinciales.
Entre los argumentos esgrimidos por la organización de defensa del consumidor sobresale “la ausencia de participación de la población en las designaciones gubernamentales y la negativa constante de el gobierno de Reutemann en transparentar los procedimientos”.
“El Estado en sus distintos Poderes ha evitado sistemáticamente fomentar estos mecanismos de control ciudadano que tienen rango constitucional, lo que deriva muchas veces en las perniciosas conductas anómicas de muchos sectores de nuestra sociedad. ¿No será el poco interés del estado por educar e informar a los ciudadanos un acto deliberado, conspirando contra el derecho que tiene la población de estar en conocimiento de la cosa publica?”.
“La información no pertenece a la prensa o al gobierno, sino que es un derecho de los ciudadanos y es uno de los cuatro pilares de la República, junto con la división de los Poderes”.
En tal sentido, Adelco denunció la falta de comunicación y publicidad de los antecedentes de Usandizaga ante la opinión pública: “como pese ha haber solicitado por escrito que los antecedentes del Dr. Usandizaga, se hicieran públicos con el fin de que los ciudadanos tengan acceso de manera libre y gratuita a los mismos y teniendo en cuenta que con los medios electrónicos disponibles como internet, es muy simple publicitar y acceder a la información, esto no ha sido satisfecho, es por ello que Adelco solo ha contado con la información que la buena voluntad de personas que estando en ese ambito le han acercado, y que desconoce si es toda la información obrante en el pliego del postulante, y que solamente se refiere a los antecedentes de trabajos realizados y normativas propuestas, prescindiendo si en dichas actuaciones se encuentra acreditados si el aspirante no se encuentra comprendido por alguno de los incisos desde el a hasta el g del art. 22, ya que no se cuenta con esa información al respecto.
La ley Nº 11220 – que regula la creación del ENRESS- dice en el articulo 22 No podrán ser directores:
a)Los concursados e inhibidos.
b)Los condenados por delitos dolosos contra la administración pública.
c)Los que tengan litigios pendientes contra el Ente Regulador de Servicios Sanitarios.
d)Los deudores morosos de la Provincia de Santa Fe, o sus entidades descentralizadas.
e)Los que desempeñen cargos electivos nacionales, provinciales, municipales o comunales.
f)Los que sean proveedores habituales o contratistas de obras publicas relativas al servicio, así como sus integrantes y funcionarios, para el caso que se trate de personas jurídicas.
g)Los que desempeñen funciones en, o tengan vinculación con los Prestadores, empresas integrantes del mismo grupo económico, o contratistas o proveedores de tales empresas, desde un año antes de su designación.
A pesar de la precariedad del texto, Adelco preguntó si la designación de Usandizaga no contraviene el inciso “e” de la ley, que indica que “no pueden ser directores los que desempeñen cargos electivos nacionales, provinciales, municipales o comunales”.
“El Dr. Horacio Usandizaga, (salvo prueba en contrario) creemos es Senador en funciones, por lo cual no puede ser Director mientras esté en funciones, y como no existe (que se conozca) ninguna normativa especifica en la materia, al otorgar su acuerdo el Poder Ejecutivo está en condiciones de designarlo, pero al investirlo se configura la incompatibilidad funcional, salvo que el actual Senador renuncie a este último cargo”, afirma Adelco.
“La otra opción seria, que el Poder Ejecutivo lo habilite para que el Dr. Usandizaga, asuma al finalizar su mandato, es decir el 11 de diciembre, pero el Poder Ejecutivo no está facultado a propiciar actos administrativos que tengan principio de ejecución finalizado su período”.
En otro fragmento de la presentación Adelco cuestiona la falta de experiencia e idoneidad del rosarino para ocupar el cargo en el Ente.
Finalmente Adelco afirma que “si a esto se le agrega la no predisposición al tratamiento de la Ley sobre derecho de información de los actos de gobierno, queda totalmente claro la falta de voluntad para que los ciudadanos conozcan y por ende se involucren en temas de tanta trascendencia como el que está en proceso”.
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