DUROS CRUCES POR LA APERTURA DE LAS CAJAS DE SEGURIDAD
El subsecretario de Ingresos Públicos, Santiago Montoya, acusó hoy a un juez de la Plata de que su tribunal tiene un alto nivel de rechazo respecto de cualquier tipo de acción para cobrar impuestos a deudores. En respuesta, el magistrado señaló: “Cuando me piden medidas ilegales yo tengo la obligación de fallar de ese modo.”
El cruce entre el funcionario bonaerense y el juez en lo contencioso administrativo Luis Federico Arias surgió a raíz de una medida del magistrado que rechaza la apertura de las cajas de seguridad de deudores bonaerenses pedido por el Gobierno de Felipe Solá.
La decisión del magistrado platense se contrapone con la adoptada por su colega de Mercedes Hugo Echarri, quien en los últimos días autorizó la apertura de cuatro cajas de seguridad de otros tantos morosos.
El jefe de rentas bonaerense, Santiago Montoya, aseguró que la apertura de las cajas de seguridad “es absolutamente una medida que debe ser concedida” porque “lo que se debe lograr es que los que no pagan los impuestos, los paguen”.
Además, afirmó que la AFIP tiene “un altísimo nivel de rechazó, insólito en el tribunal del juez Arias respecto de cualquier tipo de acción para cobrar impuestos”.
En respuesta, Arias señaló: “cuando me piden medidas ilegales yo tengo la obligación de fallar de ese modo”. A su vez, desmintió que su tribunal tome medidas para rechazar al fisco y aclaró que si bien no otorgó la apertura de cajas de seguridad, si emitió una inhibición de bienes y un embargo a los deudores.
Montoya afirmó que ese tipo de medidas son generales en cualquier juicio y que tienen una baja efectividad para promover una cobranza pronta de la deuda tributaria. En ese sentido, señaló que “se necesitan medidas de mayor efectividad, más modernas como el embargo de cuentas bancarias o sueldos y la apertura de cajas”.
Por su parte, el juez platense, argumentó que “abrir las cajas de seguridad es una medida posible y constitucionalmente valida, pero hay otros principios constitucionales que deben respetarse, como el derecho a la intimidad”.
“Para qué afectar derechos de esta índole si podemos lograr el mismo efecto mediante otras acciones, como el embargo de bienes inmuebles”, dijo el juez Arias.
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