EL ACOSO SEXUAL SERÁ DELITO
Un grupo de constitucionalistas, acompañado por senadoras de diversos partidos políticos, presentó en la Cámara Alta un proyecto de ley para incorporar al Código Penal la figura del “acoso sexual”.
En la actualidad ese delito es inexistente, por lo que casos de similares características son juzgados como coacción, extorsión, abuso u otras figuras legales.
El proyecto fue elaborado por el ex juez de la Corte Suprema de Justicia Gustavo Bossert y por el ex ministro de Justicia de la Nación Ricardo Gil Lavedra.
La iniciativa establece que se reprimirá con prisión de 6 meses a 5 años al que “prevaliéndose de una situación de superioridad jerárquica, laboral, docente o de otra índole efectuare un requerimiento de carácter sexual, para sí o para un tercero, bajo la amenaza de causar a la víctima, en caso de no acceder, un daño relacionado con las legítimas expectativas que ésta pudiera tener en el ámbito de esa relación”.
El proyecto fue formalmente presentado hoy por Gil Lavedra y Bossert, y las senadoras María Cristina Perceval (PJ-Mendoza), Diana Conti (Frepaso-Buenos Aires) y Vilma Ibarra (Frente Grande-Capital Federal). La iniciativa cuenta con el apoyo de más de una docena de legisladores de distintos bloques, entre ellos la radical Mirian Curletti, el socialista Rubén Giustiniani y el presidente de la bancada justicialista, Miguel Angel Pichetto. La iniciativa tiene como particularidad, además, que no limita la figura del acoso sexual al ámbito laboral, sino que lo extiende a cualquier “relación jerárquica”, como las que existen en organizaciones deportivas, sociales y educativas.
TORTURA COTIDIANA
En declaraciones reproducidas hoy por el matutino Página 12, Bossert apuntó al “efecto disuasorio” de la amenaza de castigo penal y a la confianza de que una norma al respecto pueda contribuir a reducir el número de casos. “Para la empleada que sufre el acoso sexual es una tortura cotidiana enfrentarse cada día con el degenerado que la está esperando con sus amenazas”, ilustró el jurista.
Hasta ahora la mayoría de las normas que se han aprobado en el país -a nivel municipal, provincial y nacional- castigan el acoso sexual sólo en la administración pública, con sanciones que pueden llegar a la cesantía o la exoneración del funcionario o el empleado público. Existen normativas en las provincias de Santa Fe, Chaco y Buenos Aires y también en el ámbito porteño y nacional. Pero ninguna lo considera un delito penal. En la práctica, se considera que han resultado poco efectivas para combatir el acoso sexual, ya que no han sido acompañadas por la implementación de procedimientos para facilitar las denuncias de las víctimas, que suelen ser mayoritariamente mujeres. Además, conspiran contra la denuncia la inestabilidad del mercado laboral y la alta tasa de empleo en negro.
Para Bossert, está claro que el acoso sexual no puede limitarse a ser considerado un ilícito civil, sino tratado como un delito penal. “No bastan los delitos contra la integridad sexual que hoy existen en el Código Penal, como el abuso sexual coactivo o intimidatorio, en función de una relación de dependencia, autoridad o poder prevista en el artículo 119 del Código Penal, pues en estos últimos casos el autor aprovecha la situación de poder y efectúa actos corporales o tocamientos de naturaleza sexual. En el acoso, en cambio, el delito se consuma con la sola amenaza del autor, con independencia de que la víctima acceda o no al requerimiento que se le formula”, apuntó Bossert.
A fin de “armonizar la escala penal”, en el mismo proyecto se propone aumentar levemente el máximo de la pena fijada para el abuso sexual simple y llevarla a cinco años.
PROBLEMA GRAVE
Al precisar los motivos que lo llevaron a elaborar esta propuesta junto con el penalista Gil Lavedra, el ex ministro de la Corte indicó que “siempre me preocupó enterarme de casos de mujeres que han sufrido acoso sexual y luego estudié jurídicamente el tema. Las mujeres son quienes padecen en mayor medida este tipo de conductas, según demuestran las estadísticas de la OIT y los relevamientos que se han hecho en el país, aunque no están actualizados, marcan que aquí el acoso sexual es un problema grave”.
“El acosador actúa en la clandestinidad, sin testigos, y las víctimas sienten que es inútil denunciarlo, porque sería su palabra contra la del otro. Pero deben saber que el acoso, como cualquier otro hecho, puede probarse también con indicios. También puede servir una grabación o una filmación con una cámara oculta y testigos que hayan presenciado el acoso”, destacó el jurista.
A su criterio, las empresas y las oficinas públicas deberían implementar campañas de prevención y tener una dependencia interna donde las víctimas puedan hacer la denuncia y aportar las pruebas del hecho sin riesgos.
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