EL CASO STORNI PASARÁ A SENTENCIA
Tras más de tres años de la denuncia por presunto abuso sexual a un seminarista contra el entonces arzobispo, monseñor Edgardo Gabriel Storni, la Justicia de Instrucción está a punto de enviar el expediente para que se dicte sentencia. El mes pasado el juez Darío Sánchez lo sobreseyó por el delito de “instigación a la coacción” del sacerdote José Guntern.
El procesamiento por abuso sexual agravado en perjuicio de un seminarista quedó firme y la investigación agotada, por lo que se descarta la incorporación de nuevos elementos al expediente. Esto significa que sólo resta aguardar que el fiscal realice la requisitoria de elevación a juicio, para que el caso llegue a sentencia.
En febrero, Sánchez firmó el sobreseimiento parcial a Storni, “en relación con su presunta responsabilidad penal por el delito de instigación a la coacción del sacerdote José Guntern”. La resolución también libra de sospechas al padre Scatizza, acusado de haber sido el encargado de coaccionar a Guntern.
No hubo presiones
La Sala IV de la Cámara de Apelaciones había anulado el procesamiento por presuntas coacciones en grado de instigador que pesaba sobre Storni. La medida había sido resuelta por el juez de Instrucción Eduardo Giovannini, quien investigó la posibilidad de que Storni hubiera organizado una reunión para presionar al sacerdote José Guntern, con el objetivo de que éste se retractara de una serie de dichos en su contra.
Según la Sala IV, el procesamiento debió ser anulado porque se cometieron errores formales en el trámite que, de alguna manera, jaquearon las garantías constitucionales que debe tener todo imputado.
El 22 de agosto de 2002, se realizó una reunión en el Arzobispado donde se habría presionado a Guntern para que negara sus dichos sobre el “desliz” del ex arzobispo.
Storni siempre negó haber ordenado que presionaran a Guntern. El defensor del ex arzobispo, Eduardo Jauchen, dijo en su momento que, en caso de que Storni hubiera ordenado llevar al sacerdote al Arzobispado, ésta “no es una orden ilícita, porque en todo caso en ningún momento ordenó que lo presionaran”.
Recurso de queja
Con respecto al devenir de la causa, a mediados de 2005, la Corte Suprema de Justicia de la provincia rechazó un recurso extraordinario presentado por la defensa de Storni, que pretendía que el caso fuera analizado por la Corte nacional. En ese momento, el máximo tribunal santafesino consideró que no estaban dados los elementos necesarios como para que dicho planteo fuera aceptado.
Frente a esta negativa a nivel local, la defensa decidió llegar hasta la Corte nacional mediante un mecanismo jurídico denominado “recurso de queja”. Pero, a fines del año pasado, la Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó este recurso al considerar que sobre Storni no pesa una sentencia definitiva, sino que está procesado.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación sólo puede aceptar el caso una vez que exista sentencia firme. Por ese motivo, el alto tribunal no analizó el fondo de la cuestión, sino que, por unanimidad, se limitó a desestimar el recurso de queja presentado por la defensa de Storni.
Este contenido no está abierto a comentarios

