EL CONCEJO COMIENZA A DEBATIR SOBRE EL NUEVO RELLENO SANITARIO
El Intendente Municipal, Martín Balbarrey, envió un nuevo mensaje al Concejo Municipal. La misiva contiene el pliego del proceso licitatorio, la adjudicación, la contratación y prestación de los servicios de disposición final de residuos sólidos urbanos por el sistema de relleno sanitario.
Actualmente, el emplazamiento del complejo de tratamiento de basura se encuentra en Chaco a la altura del 4.000, en el norte de la ciudad desde 1997. El cuerpo legislativo debatió muchísimo la cuestión y prorrogó el plazo para que la empresa Milicic S.A. (actualmente a cargo del servicio), continúe con su prestación. Técnicamente, el predio actual tiene una vida útil de seis años más, pero se dispuso que la tarea en ese lugar culmine dentro de tres.
El pliego enviado por Balbarrey, que ya se encuentra en los escritorios de los Concejales para su estudio, prevé que el adjudicatario de la nueva licitación deberá adquirir un terreno, la adecuación del mismo, la elaboración de un anteproyecto de obra civil y equipamiento electromecánico, de una planta de selección y clasificación de residuos sólidos urbanos y la elaboración de un anteproyecto para la implementación del Programa de Reciclado de Residuos Orgánicos (compostaje).
La duración de la relación contractual, según lo establecido por el pliego, será de doce años, la cual incluirá un año para la apertura del predio, diez años de prestación efectiva del servicio, y un año para el cierre del relleno. La Municipalidad tendrá a su favor una opción de prórroga por un plazo de dos años más.
El mensaje que contiene el pliego establece que el adjudicatario, al contratar la mano de obra no jerárquica necesaria para la prestación de los servicios licitados (personal incluido en el Convenio Colectivo de Trabajo), deberá tomar mano de obra local, entendiéndose como tal a los domiciliados en el Departamento La Capital con una antigüedad mínima de residencia de doce meses.
A la licitación podrán concurrir como oferentes, las sociedades constituidas conforme a las disposiciones de la Ley Nacional 19.550 y las uniones transitorias de empresas (UTE), de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 377 y siguientes de la citada Ley, o promesas de UTE. Las empresas extranjeras sólo podrán concurrir asociadas con empresas nacionales de capital interno.
En cuanto a las restricciones que contiene la misiva del Intendente, puede notarse que sólo podrán ser oferentes aquellos que certifiquen fehacientemente, haber prestado o estar prestando servicios de disposición final de residuos urbanos por el método de relleno sanitario. Dicha prestación deberá provenir de la adjudicación de un proceso licitatorio en una ciudad de, como mínimo, 400.000 habitantes.
En el caso de las UTE o promesa de UTE, este requisito será satisfecho por al menos un integrante, que será designado como operador, y deberá tener una participación en la unión no menor de un 51%.
A la fecha de iniciación efectiva de la prestación (recepción de los residuos para su tratamiento y disposición final), deberán estar terminados los trabajos y obras mínimas indispensables para la prestación del servicio.
La contratista deberá implementar en forma progresiva, campañas para un uso ambientalmente sustentable, la recolección diferenciada y posterior disposición final. La Municipalidad deberá aprobar previamente tanto lo que se refiere a la planificación de la campaña publicitaria como al sistema de recolección, traslado, tratamiento, y método de disposición final sugeridos por la contratista.
Para tal fin se aplicarán principios técnicos de la ingeniería, se compactarán los residuos para reducir su volumen a un mínimo compatible con la técnica aplicada, y se los cubrirá con tierra.
El terreno Deberá contar con una superficie mínima de treinta y cinco hectáreas físicamente unificadas, admitiéndose una tolerancia del 5% en defecto, que permitan albergar los módulos necesarios para acondicionar los residuos domiciliarios y asimilables, durante el tiempo de contrato, y demás infraestructura necesaria para la ejecución de las tareas complementarias.
La semana próxima, el proyecto ya tendrá estado parlamentario y podrá ser abordado, pero antes pasará por las cuatro comisiones del concejo.
El contrato con la actual prestadora estipulaba un plazo inicial de siete años, por lo cual su vencimiento ya operó, pero desde el concejo se aprobó una serie de prórrogas.
Hasta el momento y desde 1997, se han arrojado 500 mil toneladas, un promedio de 70 mil por año.
Algunos profesionales del tema alientan la posibilidad de formar un volcadero de basura regional, atendiendo las necesidades de Recreo, Monte Vera, Colastiné Norte, y Santa Fe.
EL SISTEMA
El servicio de disposición final se llevará a cabo mediante el denominado sistema de relleno sanitario, entendiéndose por tal al método por el cual se tratan los residuos sólidos urbanos sobre el terreno sin causar deterioro al medio ambiente y sin peligros, riesgos o molestias para la salud y la seguridad de la población.
El relleno sanitario es un sistema que se empezó a utilizar en California, Estados Unidos, a principios del siglo XX. Consiste en disponer en capas los residuos sobre depresiones naturales del terreno o excavadas con ese propósito. Luego se la compacta, se la cubre con tierra y se deja que los procesos naturales, es decir, las bacterias que están en el medio, trabajen y produzcan la degradación.
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