EL CONCEJO DISPUSO LA CREACIÓN DE UNA OFICINA DE PROTECCIÓN DE DERECHOS DE NIÑOS Y ADOLESCENTES
El Concejo Municipal dispuso, mediante una ordenanza, la creación de la oficina de los Oficina Municipal para la Promoción y Protección de los Derechos de los menores y adolescentes.
El proyecto pretende crear una nueva herramienta de gestión mediante un organismo ágil y ejecutivo “que responda directamente a los problemas que a diario se plantean, en el marco que abarca mucho más que una mera situación asistencial para menores y adolescentes”, según detallan los considerandos de la norma aprobada en la sesión de ayer por la tarde.
La oficina funcionará como un organismo de asesoramiento, ejecución y coordinación de políticas que promuevan y protejan sus derechos. Dependerá de la Secretaría de Gobierno Cultura y Patrimonio, quién tendrá la facultad de designar al Encargado de la misma.
En el artículo 3º de la ordenanza se detalla que la oficina “tendrá como Objetivo General impulsar políticas de infancia y adolescencia que prioricen la preocupación por el interés superior del niño entendido como la materialización de sus derechos humanos constitucionalmente reconocidos y garantizados, y los que en el futuro pudieran reconocérseles, todo interpretado a la luz de la doctrina de la Protección Integral”.
Otros de los objetivos enumerados en la norma son:
• Impulsar la generación de respuestas integrales a la problemática del Niño y el Adolescente promoviendo la coordinación de todos los programas existentes referidos a la infancia, y adolescencia tanto de procedencia Municipal, Provincial y/o Nacional.
• Considerar la situación de emergencia y alta vulnerabilidad social de niños y adolescentes en situación de riesgo.
• Generar o alentar políticas que apunten al cumplimiento del derecho a la recreación y al juego de todo niño y adolescente.
• Impulsar la difusión e incorporación de la Convención de los derechos del Niño y de la concepción de los niños y jóvenes como sujetos plenos de derecho en todos los ámbitos de la ciudad.
• Brindar asistencia técnica a los diversos programas en ejecución relacionados con políticas de infancia y adolescencia.
• Crear comisiones de trabajo permanente y transitoria, generales y especiales, para profundizar el análisis de proyectos, planes y acciones que emanen de la propia iniciativa del Consejo o por solicitud de entes públicos o privados.
Dentro del organismo creado también se contempla el Consejo Municipal de la Niñez y Adolescencia el que dependerá directamente de la Oficina Municipal para la Promoción y Protección de los Derechos de los Niños y Adolescentes y estará compuesto por el Encargado designado de la misma, un representante del área de Promoción Comunitaria Municipal, uno por el área de cultura, dos representantes de las comisiones de Gobierno y cultura, Medio Ambiente y Acción social del Honorable Concejo Municipal, invitándose a participar del mismo a la Provincia, Juzgado de Menores, colegios de Profesionales, Organizaciones de la Sociedad Civil relacionadas a la temática de la Infancia y la Adolescencia.
El Consejo Municipal de la Niñez y Adolescencia deberá ser convocado como mínimo cada tres meses por la Oficina Municipal para la Promoción y Protección de los Derechos de los Niños y los adolescentes.
Este contenido no está abierto a comentarios

