EL CONCEJO FIJARÍA HOY LOS NUEVOS USOS PARA EL PUERTO
En la reunión de Labor Parlamentaria del día de ayer, los ediles analizaron un único despacho que transitó por todas las comisiones y que, de no mediar contratiempos, sería votado en el recinto.
El proyecto incorpora alrededor de 50 hectáreas del puerto al reglamento de zonificación, al crear un nuevo distrito denominado Ciudad Puerto.
Los sectores no incluidos en esta nueva zonificación -unas 20 hectáreas- se mantendrán afectadas a la actividad portuaria en sus distintas modalidades y a la localización de usos y actividades complementarias y de apoyo a las actividades principales.
En cuanto al nuevo distrito CP, se destinará a localizar sectores con usos urbanos diversificados y relativos al equipamiento administrativo, comercial, financiero e institucional a escala regional y urbana, complementado con actividades residenciales y de esparcimiento.
A los fines del ordenamiento urbanístico del distrito, el proyecto establece seis sectores:
CP1: destinado a parque urbano y equipamiento comercial con área de protección ambiental.
CP2: equipamiento deportivo.
CP3: centro de empresas, con equipamiento industrial especial y centro de pequeña y media empresa.
CP4: equipamiento administrativo y comercial.
CP5: residencial, con equipamiento comercial deportivo y hotelero.
CP6: equipamiento comercial cultural, recreativo y de esparcimiento.
REQUISITOS
El proyecto establece también requisitos para la autorización de los diferentes emprendimientos.
Por ejemplo, el desarrollador privado tendrá que presentar, en carácter de consulta previa y ante el Ente Administrador del Puerto, para su consideración y visado previo, su plan urbanístico y el proyecto arquitectónico del conjunto propuesto.
Una vez obtenido el visado para su evaluación y aprobación definitiva, la anterior documentación, más un informe redactado por las autoridades del Ente, será presentado ante la Municipalidad.
Las presentaciones podrán ser parciales y por sectores de zonificación, en la medida que el proyecto se concrete por etapas.
También, se establece que el Ente Administrador deberá destinar un mínimo del 20 por ciento del total del área del Plan Maestro para ser destinadas a calles, veredas, ciclovías, paseos costaneros, parques, plazas o cualquier otro uso abierto a la circulación en general.
“Los aspectos derivados de la situación dominial o catastral del predio, así como a los acuerdos a los que se comprometa el Ente con emprendedores públicos y/o privados, serán de exclusiva responsabilidad del organismo”, dice otro artículo vinculado a la cuestión jurídica.
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