EL CONCEJO SANCIONÓ LA ORDENANZA POR LA CUAL SE PROHÍBE LA VENTA DE ENERGIZANTES EN BOLICHES
El Concejo santafesino aprobó en la sesión de ayer la ordenanza que prohíbe la “exhibición, venta, expendio o suministro” de las bebidas denominadas energizantes, en boliches bailables, bares, pubs y todos aquellos establecimientos comerciales comprendidos por la Ordenanza Nº 9.139.
Los Ediles debatieron por más de dos horas sobre el proyecto impulsado por los Concejales Simoniello, Henn, Carreras, Muller, Moragues y Giménez, y existieron “llamativos” argumentos para no apoyar el proyecto.
En el artículo dos de la Ordenanza, queda establecido que “el/los propietario/s, gerente/s, encargado/s o responsable/s de estos locales, comercios o establecimientos, serán responsables del fiel cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente”.
El Artículo 3, expresa que “la transgresión a lo establecido en la presente será sancionado en los mismos términos que establece el artículo 54 de la Ordenanza 7.882 (régimen de infracciones y penalidades)”.
Uno de los Concejales que se opuso a la Ordenanza fue Alfredo Hediger, quien desde su banca dijo “quién de nosotros alguna vez no manejó con más de 0,5 de alcohol en el cuerpo o con un vino demás”.
“Para solucionar los problemas de los jóvenes, lo que tendríamos que prohibir directamente es el consumo de alcohol, y hoy el Concejo prohíbe el consumo de energizantes. Aunque se prohíban los energizantes, la juventud buscara otra cosa: el fernet con coca, por ejemplo”, indicó el Edil Justicialista.
Ahondó en su fundamento y dijo que “no se aborda el problema de fondo que es el perjuicio que hace el alcohol a la vida humana. Yo lo dije sin tapujos, creo que muchos Concejales miran alrededor cuando uno habla. La discusión de fondo es qué se puede hacer con el problema del alcohol”.
Finalmente, Hediger aseguró que “no sirve de nada que se prohíba la venta de energizantes”.
FUNDAMENTOS DEL PROYECTO DE ORDENANZA
En los últimos tiempos, los efectos del consumo de “Bebidas Energizantes” mezcladas con alcohol han despertado la preocupación de la comunidad por sus consecuencias nocivas.
Y el tema aparece potenciado en su importancia social, por el hecho de que es la juventud su principal consumidor. Y todo tema vinculado a ella tienta siempre a una oferta con gran despliegue publicitario por la magnitud del mercado y por lo afecto que son los jóvenes a “subirse a la moda”.-
Como sabemos, las bebidas energizantes están consideradas por la ANMAT (Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Medica) como “Suplemento Dietario” diferenciado de lo que son alimentos funcionales.
Estos suplementos dietarios incrementan la ingesta diaria habitual suplementando la incorporación de nutrientes a personas sanas, es decir a personas que no padeciendo ninguna enfermedad tienen necesidades básicas no cubiertas o que por su actividad, necesitan un mayor aporte de nutrientes (deportistas de alta competición).
Son de venta libre y desde sus envases prometen energía ilimitada para la actividad física en general y agregamos nosotros, la vida nocturna en particular.
Estas bebidas gasificadas y edulcoradas, tienen prácticamente el sabor de una gaseosa y no contienen alcohol. Integran su composición el ácido cítrico, sacarosa, vitaminas, cafeína, un aminoácido (taurina) y agua. Las latas en las que se expenden advierten que no se deben tomar más de cuatro por día y que no deben ingerirse combinadas con alcohol.
Los inconvenientes surgen cuando se las consume en exceso y combinadas con alcohol, modalidad ésta que esta haciendo furor en discotecas y locales nocturnos.
Al parecer el secreto de estas pociones, según especialistas, se basa en que se incluye cafeína y taurina en dosis muy altas, pero permitidas por la legislación Nacional (aproximadamente 90 miligramos por lata de 250 mililitros, lo que equivale a una taza grande de café fuerte).
Lo que tratamos de prevenir no es la utilización moderada de estas bebidas en la faz deportiva de los jóvenes, sino en la recreativa, cuando se consumen en exceso y además se mezclan con bebidas alcohólicas. El alcohol, la cafeína y la taurina son diuréticos que sumados a la pérdida de agua por el ejercicio (baile) podrían llegar a provocar una alteración del equilibrio interno del consumidor y la aparición de problemas que van de leves a severos.
“No es una bebida gaseosa como se pretende instalar y más que un suplemento dietario funciona como un suplemento alcohólico. Se la utiliza preferentemente como saborizante de bebidas destiladas como vodka y ginebra”
Está fuera de nuestra pretensión hacer un informe médico-farmacéutico de estos energizantes, pero conviene agregar que la cafeína es un estimulante del sistema nervioso central que produce excitación, insomnio (pérdida de sueño) y disminución de la sensación de fatiga.
En definitiva anula las señales de alarma que da el cuerpo con relación al cansancio y al sueño que son sensaciones naturales que necesitamos, para saber cuando hay que parar y buscar el descanso.
El corazón está exigido al máximo, pero las señales que envía no son aceptadas por la interferencia de estas bebidas y lo que sigue es generalmente un trastorno cardiológico y riesgo de infarto. Una sobredosis de cafeína puede provocar también palpitaciones, temblores, zumbidos, hiperventilación y hasta delirio.
Por lo tanto estas bebidas que son expendidas en discotecas y ambientes nocturnos, mezcladas con el alcohol sinergizan, la acción estimulante de la cafeína y el efecto desinhibitorio del alcohol y además induce al mayor consumo por la sumatoria de efectos diuréticos que presentan tanto la cafeína como la taurina.
La “virtud comercial” de estos productos es que la posible sensación de bienestar instantánea que puede producir esta ingesta viene acompañada por una sed que induce a tomar mucho más y excederse de la dosis permitida.
La cafeína, la taurina y todas la drogas de uso farmacéutico, entre otras sustancias, no son buenas ni malas en si mismas, todo depende del uso que se haga de ellas.
Por eso afirmamos que esta mezcla de alcohol más bebidas energizantes es una “mezcla explosiva”.
Por otra parte, si bien el mayor consumo se da en discotecas, ambientes nocturno y, en general, en los establecimientos comerciales comprendidos o regulados por la Ordenanza Nº 9139, consideramos que, dadas las características de estos productos, también se deben establecer ciertas restricciones para los establecimientos comerciales que quedan fuera de la Ordenanza 9139.
Todas estas consideraciones hacen de esta iniciativa legislativa una necesidad y una obligación que el Estado Municipal debe asumir, en procura de proteger la salud de todos los habitantes de esta ciudad.
Este contenido no está abierto a comentarios

