EL CONCEJO SOLICITÓ LA REALIZACIÓN DE CAMPAÑAS DE EDUCACIÓN VIAL EN LA CIUDAD DE SANTA FE
La Municipalidad de la Ciudad desarrolla acciones orientadas a generar conciencia sobre la problemática de los accidentes de tránsito y la educación vial.
Sin embargo, se carece de una política sistemática en la materia, de un programa definido y consensuado con la comunidad.
Ante ello, ciertas acciones bien orientadas se “pierden” por la falta de sistematicidad y “constancia” en el sostenimiento de un plan coherente.
Demás está decir que los accidentes de tránsito se siguen ubicando como una de las principales causas de muerte entre los jóvenes y, diariamente, nos enteramos por los medios de comunicación de serios hechos que condenan, a las personas que los sufren, a incapacidades diversas.
A través de la Resolución sancionada ayer por el Concejo se pretende que el Ejecutivo Municipal implemente varias de estas ordenanzas y resoluciones que, en su conjunto, brindan una respuesta bastante integral al problema de la educación vial y significan, además, importantes pasos en el objetivo de sistematizar y dar coherencia a las acciones que se ejecutan desde el Estado Municipal.
Recalmamos, estas ordenanzas y resoluciones, no se cumplen en la actualidad.
En concreto, la Resolución dispone que se cumpla con:
a. La Ordenanza Nº 10885, Campaña Municipal de Concientización y Prevención de Accidentes del Ciclista, sancionada el 5 de setiembre de 2002. Las estadísticas indican que los ciclistas están sometidos a un riesgo mucho mayor de aquellos que utilizan otros medios de transporte y con cierta habitualidad se registran muertes o accidentes con severas consecuencias. El objetivo de esta Ordenanza es el de “desarrollar estrategias tendientes a mejorar las condiciones en que circulan las bicicletas en el Municipio, promoviendo la cooperación entre los diferentes estamentos del Estado, así como entre éstos y la sociedad civil”. Entre otras acciones, la Campaña prevé la necesidad de difundir normas de comportamiento en el tránsito de las bicicletas, tales como: transitar por la derecha, a no más de un metro de la orilla de la calle; sujetar los manubrios con ambas manos; la prohibición de sujetarse a otros vehículos y de no transitar sobre veredas o lugares reservado al tránsito para peatones; etc.
b. La Ordenanza Nº 10934, Programa Urbanístico “Santa Fe, Ciudad del Peatón”, sancionada el 26 de diciembre de 2002. Esta Ordenanza aprobó, además, un Código de Seguridad para el Peatón. El Programa estableció diversas acciones a ser implementadas por varias secretarias del Municipio (Obras Públicas, Planeamiento) con el fin principal de reorientar tendencias urbanísticas y territoriales de manera de facilitar la accesibilidad y transitabilidad peatonal, bregando por una adecuada convivencia entre conductores y peatones. Entre otras acciones se encomendó, asimismo, a la Secretaría de Servicios Públicos la creación de un Sub-Programa de Educación Vial: Ciudad del Peatón, con el objeto de difundir los objetivos de la campaña y los derechos y deberes de los peatones contenidos en el “Código de Seguridad”. Entre las acciones encomendadas se encuentran: 1. Incorporar en los cursos y exámenes para el otorgamiento de las licencias de conductor un nuevo módulo educativo, acerca de derechos y deberes del peatón; 2. Dar a difusión el Código de Seguridad del Peatón; 3. Organizar talleres destinados a empleados del Municipio, alumnos de establecimientos educativos y del Liceo Municipal, asociaciones vecinales y organizaciones barriales y no gubernamentales en general. A pesar de que la Ordenanza fue sancionada a fines del año 2002 el Municipio carece aún de una campaña orientada a la problemática del peatón.
c. La Ordenanza Nº 10983, Programa de Educación Vial a la Comunidad, sancionada el 25 de setiembre de 2003. Este programa tiene el objetivo principal de sistematizar el accionar del Municipio en materia de educación vial – evitando las acciones aisladas y descoordinadas de las que hablábamos al principio -, definir lineamientos claros en materia de acciones educativas en la comunidad a corto, mediano y largo plazo, promover la formación permanente del personal municipal relacionado al tema tránsito y generar redes de articulación interinstitucional para garantizar acciones de concientización efectivas. Como parte esencial para la puesta en marcha del Programa se previó la creación de un Equipo Interdisciplinario de Trabajo del que deben participar representantes del Municipio, de la Provincia y de Organizaciones No Gubernamentales con injerencia en la materia de Educación Vial. Pese al tiempo transcurrido desde la sanción de la ordenanza (en setiembre de 2003), esta importante instancia de coordinación y participación comunitaria aún no ha sido constituida.
d. La Resolución Nº 9704, Concurso Municipal de Arte e Ideas sobre la temática de la concientización y prevención de accidentes que involucran al ciclista, sancionada el 19 de junio de 2003. A pesar del tiempo transcurrido, esta iniciativa aún no ha sido puesta en marcha por el Ejecutivo Municipal.
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