EL GOBIERNO ACTIVA MECANISMOS PARA QUE NO FALTE COMBUSTIBLE
La Secretaría de Energía, dependiente del Ministerio de Planificación Federal, puso en marcha un sistema de asignación de cupos de importación de gas oil y diesel oil eximido del impuesto específico sobre los combustibles, hasta cubrir la cantidad de 200 mil metros cúbicos de dichos hidrocarburos.
El objetivo declarado por las autoridades es el de “satisfacer las necesidades de combustibles del país, asegurando el abastecimiento económico y fluído del mercado interno”.
Podrán participar del esquema los operadores registrados y habilitados por la Secretaría a cargo de Daniel Cameron, que se comprometan a comercializar los productos a los precios del mercado interno, o a consumirlos en el mercado interno.
Tales operadores deberán presentar sus propuestas mediante sobre cerrado antes de las 14 horas del 1 de febrero próximo.
La resoluciòn 6/2006, publicada hoy en el Boltin Oficial destaca que dichas importaciones deben ser destinadas a compensar los picos de demanda del producto y las necesidades para el mercado de generación eléctrica.
Cabe consignar que la Ley 26.022 estableció el Plan de Abastecimiento de Gas Oil por el que se eximió a los operadores del pago del impuesto sobre los combustibles líquidos y el gas natural y de la tasa del gasoil.
Así, las empresas refinadoras, y los operadores de una red de comercialización de combustibles que no posean facilidades de refinación podrán solicitar el volumen que desean importar de acuerdo a sus necesidades de consumo o de demanda.
Los interesados deberán explicitar si para tales importaciones harán uso del fideicomiso vigente en el marco del Convenio integral de Cooperación firmado entre Argentina y Venezuela.
También deberán indicar por cada metro cúbico de gasoil o de diesel oil que soliciten importar, que volumen en metros cúbicos están dispuestos a importar en forma complementaria, sin los beneficios de la ley 26074 que exime del impuesto.
Las refinadoras que hubieren realizado importaciones de gas oil o que hubieren cerrado operaciones comerciales en el período comprendido entre el 1 de enero de 2006 y hoy mismo, tendrán derecho a que se les otorgue un cupo de importación libre de impuestos, equivalente al volumen importado o contratado, siempre que tales productos estén destinados al mercado interno.
El combustible a importar libre de impuestos específicos se asignará en base al siguiente criterio:
* En primer lugar a aquellos interesados que manifiesten su voluntad de importar en el marco del esquema convenido con Venezuela.
* En segundo lugar a aquellos interesados que manifiesten su voluntad de realizar importaciones adicionales a los solicitados, pagando los impuestos de ley.
* El orden de las solicitudes asignadas se preservará y respetará ante la eventualidad de ampliación del cupo ahora disponible.
La subsecretaría de Combustibles informará a cada empresa postulante el volumen de producto que le corresponde y las empresas deberán aceptar o declinar la asignación del cupo -en su volumen total o parcial- dentro de los cinco días hábiles de recibida la notificación.
Las empresas, señala la resolución, deberán acompañar sus solicitudes con un cronograma estimado de importación del producto.
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