EL GOBIERNO ENVÍA A LA LEGISLATURA UN PROYECTO DE REPARACIÓN A LAS VÍCTIMAS DE LA INUNDACIÓN
Una semana del bochorno de cercar con policías y patrulleros a quienes exigen una reparación de la tragedia ‑que dejó 23 muertos y más de 100 mil personas en el desamparo‑, detener a tres manifestantes y abrirles una causa judicial por conectar una lamparita en un enchufe público, Carlos Reutemann enviará hoy a la Legislatura un proyecto de ley como el que reclaman las víctimas de la gran inundación. Se trata de un “régimen excepcional destinado a atender los menoscabos padecidos por los habitantes de zonas inundadas como consecuencia del desborde del río Salado”. Una norma clave reconoce la afectación de la vida: “El beneficio tiende a paliar los daños materiales y espirituales derivados de la pérdida de la vida humana que guarden relación de causalidad inmediata con la inundación. El beneficio por muerte será único y se establecerá en la suma de 45.000 pesos por cada víctima”, expresa el artículo 2.
El proyecto justifica la reparación de vidas y bienes en el impacto de la “catástrofe” a la que define como un “hecho natural”, en sintonía a lo que suele repetir el propio Reutemann: “Fue la naturaleza”. No hay ni una palabra sobre la acción del hombre. “Indudablemente la magnitud de la catástrofe conduce a valorar como insuficientes los medios de asistencia, si lo que se trata es de reparar todas las consecuencias dañosas derivadas de ella”.
Según el mandatario, la iniciativa tiene tres objetivos:
* “Tutelar las condiciones de vida dignas de los afectados” por la tragedia.
* Evitarles un peregrinaje prolongado en el “reconocimiento de daños” ante los Tribunales.
* Resguardar “el patrimonio de la comunidad en general mediante la administración racional de los recursos”. Y este punto se articula con la ley nacional 25.735 que creó “un fondo destinado a la reconstrucción de obras y asistencia a los damnificados” y una segunda iniciativa -con media sanción‑ que “determina acciones conjuntas entre la Nación y la provincia para compensar daños especiales y ampliar dicho fondo”, como el gobierno de Santa Fe solicitó a la Casa Rosada.
El primer artículo de la ley define el ámbito de aplicación: “Un régimen de reparación excepcional destinado a atender los menoscabos padecidos por los habitantes de zonas inundadas como consecuencia del desborde del río Salado”.
El artículo 2º admite “la afectación de la vida”. “El beneficio tiende a paliar los daños materiales y espirituales derivados de la pérdida de la vida humana que guarden relación de causalidad inmediata con la inundación. El beneficio por muerte será único y se establece en la suma de 45.000 pesos por cada víctima”, apunta. La referencia a la “causalidad inmediata” abre interrogantes. Habrá que ver si incluye a los 23 fallecidos que figuran en la lista oficial que la Policía de Santa Fe remitió al juez Diego de la Torre que investiga la causa: 20 personas perdieron la vida por “asfixia por inmersión”, un bebé de 21 días por “muerte súbita por asfixia”, una nena de un mes y medio por “hipotermia” y un docente de 59 años por “muerte natural”.
Una cláusula impone límites para acceder a las reparaciones. “El pago de la ayuda extraordinaria establecida” obligará a los beneficiarios a renunciar “a cualquier pretensión de indemnización de daños y perjuicios derivados de las inundaciones contra el Estado y, en su caso, el desistimiento de los reclamos o acciones indemnizatorias deducidos con anterioridad”.
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