EL GOBIERNO NO PEDIRÁ PODERES ESPECIALES EN EL PRESUPUESTO
El Gobierno decidió finalmente no incluir en el proyecto de Presupuesto 2006 el pedido de facultades extraordinarias para decidir cambios en el destino del gasto público sin consultar al Congreso.
El presidente Néstor Kirchner firmó el proyecto el lunes, antes de viajar a Nueva York. Y excluyó el artículo por el cual se delegan los llamados “superpoderes” al jefe de Gabinete, Alberto Fernández. “En ningún caso, en los tres años que han pasado, se afectó más del uno por ciento del Presupuesto nacional”, manifestó Fernández el lunes. Y agregó: “Los llamados superpoderes no son tal cosa, sino una facultad que se le otorga al jefe del Gabinete para poder redistribuir partidas de aquel ministerio donde están sobrando recursos y derivarlos a aquel que los necesita”.
Según fuentes de la Casa Rosada que reforzaron los dichos de Fernández, “este año se afectó 0,7 por ciento del Presupuesto. Y en los años anteriores se llegó al 1 por ciento porque hubo que atender las inundaciones en Santa Fe primero, y la emergencia energética después”.
Los mismos voceros aseguraron ayer que la decisión se tomó como consecuencia de “las mejoras que se están reflejando en la economía”.
Pero también admitieron que buscan ponerse a cubierto —de cara a las elecciones del 23 de octubre— frente a las críticas que la oposición suele formular todos los años cuando se impulsa esa medida en cada presupuesto.
Además, aunque esto no se reconoce explícitamente, con esta decisión se evita generar fricciones mayores dentro del bloque del justicialismo en el Congreso, donde hay un enfrentamiento declarado entre duhaldistas y kirchneristas.
El proyecto será enviado al Congreso mañana, jueves, para cumplir los plazos legales. Y el miércoles 21 sería presentado públicamente por el ministro de Economía, Roberto Lavagna.
De todos modos, el gesto adoptado por la Casa Rosada no significaría necesariamente renunciar a las facultades especiales. Una opción que se maneja en el entorno del presidente Kirchner es dejar que avance el curso natural del debate parlamentario del Presupuesto.
“Vamos a esperar a ver cuál es la relación de fuerzas que queda después de las elecciones. Y ahí veremos qué conviene hacer”, admitió a Clarín una fuente oficial. Alude así a la posibilidad de que sean los propios legisladores kirchneristas los que impongan los superpoderes en la votación, siempre y cuando la nueva composición de las cámaras facilite el trámite para el oficialismo.
En 2005 las facultades especiales para el jefe de Gabinete quedaron plasmadas en los artículos 11 y 15 de la Ley de Presupuesto. Esto le permite disponer ampliaciones de diversos créditos presupuestarios y reasignar todas las partidas que considere necesarias sin sujeción a la Ley de Administración Financiera, que deposita esa responsabilidad exclusiva en el Congreso.
En los archivos de la Asociación Argentina de Presupuesto y Administración Financiera Pública (ASAP) figura que “desde 1997, salvo en 1998, las sucesivas leyes de Presupuesto dispusieron la suspensión del artículo 37 de la Ley de Administración Financiera para poder hacer uso de las facultades delegadas. Ese artículo establece que corresponden al Congreso las decisiones de modificación de presupuesto que impliquen aumento de gastos corrientes en detrimento de gastos de capital o de aplicaciones financieras; cambios en la distribución de finalidades o en el total del gasto presupuestado o endeudamiento”.
Sin embargo, la decisión política de resignar estas facultades no significa la desaparición total de los “superpoderes”. Ocurre que el Gobierno goza de atribuciones especiales por la Ley de Emergencia Económica, que fue declarada en 2002 durante la presidencia de Eduardo Duhalde y desde entonces fue renovada año tras año. Ahora está vigente hasta el 31 de diciembre.
Entre otras cosas, la Emergencia habilitó al Poder Ejecutivo a renegociar contratos con las compañías privatizadas, a regular las tarifas de los servicios públicos y a reestructurar deudas con el sector financiero. Además, estableció un régimen especial que encareció las indemnizaciones para despidos sin causa durante la vigencia de esta norma.
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