EL GOBIERNO PROVINCIAL PERJUDICA A LOS EX EMPLEADOS DEL BANCO DE SANTA FE
Los ex empleados del Banco de Santa Fe renuevan un reclamo salarial que lleva mucho tiempo sin respuestas. El abogado previsional Eduardo Cóceres detalló la secuencia del trámite llevado a cabo, pero que encuentra oídos sordos en el gobierno.
“El régimen laboral aplicable será el convenio colectivo del personal bancario, lo cual disipaba las dudas y hacía entender que los agentes que quedaban fuera del banco iban a seguir manteniendo la jerarquía bancaria”, reza uno de los artículos de la normativa vigente.
Sin embargo, el gobierno provincial no dio cumplimiento a esto y con un dictamen de la función pública se interpreta que este artículo mencionado estaba dirigido a los agentes que quedaban dentro de la institución bancaria. “Esto es un absurdo, porque el gobierno provincial no puede legislar en un banco privado y por lo demás es obvio que el escrito estaba dirigido a los agentes que abandonaban el banco”, argumentó Cóceres.
En este sentido, desde la Legislatura se prepara una ley aclaratoria de cómo debe aplicarse la norma. Esta iniciativa está avanzando, pero llegó a una instancia en la que el senador Gramajo sostiene que “sería absurdo sacar una ley en contra de lo que interpreta el ejecutivo porque sería vetada”, con lo cual desde el ámbito legislativo se solicitó una audiencia con el ministro coordinador, lo que se recibió fue una respuesta en la cual se dio cuenta de la poca importancia que revestía la promoción de más de mil juicios de los ex empleados.
“Es una posición cerrada e incomprensible por parte del gobierno provincial, porque desde los números no significa ningún desequilibrio al colectivo de la administración pública”, explicitó el abogado.
Los damnificados comenzaron el año pasado una serie de reclamos que no fueron contestados hasta la fecha. La única respuesta que se recibieron los ex trabajadores es la firma de un decreto que lleva el número 2557, que es una durísima sanción para estos ex empleados porque directamente determinan que quedan en la administración, pero lo hacen con la categoría mínima, se le abonan los haberes correspondientes a dicha categoría, y el excedente se constituye en una segunda columna salarial que queda congelada de por vida con un carácter no bonificable, con lo cual no se permite que tengan aumentos sucesivos.
“Una de las afrentas mas grandes se la llevan aquellos que fueron gerentes del banco y ahora, apenas a algunos años de jubilarse, se encuentran reubicados en la mínima categoría de la función pública, todo esto motivó que se plantearan mas de mil recursos de revocatorias del decreto, por lo cual el decreto en este momento tampoco puede ser aplicado”, advirtió Cóceres.
En el caso de los jubilados la situación se agrava debido a que al haber aportado por más de 40 años a la caja de la provincia, no se les aplica la movilidad, porque de acuerdo a un decreto del ejecutivo se les iba a aplicar de acuerdo a una nueva categoría “Bancarios Transferidos”, creada a tal efecto.
“Nosotros planteamos un recurso de amparo ante ese decreto y el juzgado Laboral Nº4, a cargo del Dr. Minetti, declaró la inconstitucionalidad de la norma y obliga a la Caja de Jubilaciones a que se abone la movilidad, tal cual lo establece la ley 2915”, argumentó Cóceres.
Por el lado de los activos, las cámaras legislativas remitieron proyectos de comunicación que se aplique el artículo que estipula que el régimen aplicable es el del convenio colectivo de trabajo del empleado bancario.
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